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Última actualización: 10/05/2023
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Inscripción de una sociedad por acciones simplificadas (SAS)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el proceso mediante el cual la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), cumple con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de de la actividad económica y que está asociado a la asignación de un número de Registro.

Requisitos

Formularios:

Ver Formularios

  • Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
  • Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
  • En los formularios 351 y 352 corresponde indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte. Ampliar información.

 Documentación a presentar:

  • 2 Fotocopias de los documentos de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
  • Testimonio por exhibición y fotocopia del estatuto otorgado en escritura pública o  documento privado protocolizado.
  • Impresión de «consulta de trámite de inscripción» de Dirección General de Registros (DGR), a través de: Consulta Tramite; seleccionando Reg. Nac. Comercio o copia del talón con número de inscripción del estatuto en DGR. 

 Nota:

  • Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
  • Se deberá consignar en formulario 351 – Rubro 2 la fecha y número de inscripción en DGR.
  • De corresponder, presentar certificado notarial certificando inactividad de la sociedad desde la fecha de constitución hasta la inscripción.
  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
  • Si declara actividad agropecuaria, vea el trámite Inscripción de empresas rurales (común BPS-DGI) , excluyendo la certificación notarial de firmas.

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • La inscripción se realiza dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de la constitución (estatuto). Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    Previa agenda web:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
    • Local DGI.
  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Concurrir el día y hora pactado a la dependencia que desee.
    2. Presentar la documentación solicitada.
    3. Se entrega constancia del trámite.
    4. El organismo evalúa la documentación e informa.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web.

    En Montevideo: 

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandí 570 – Planta Baja.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web BPS.
    • Local DGI
    • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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