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Última actualización: 22/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Inscripción Sociedad de Hecho - Monotributo Social MIDES (Ley 18.874)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el proceso mediante el cual la Empresa cumple con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria previo al inicio de la actividad económica y que está asociado a la asignación de un número de Registro.

Requisitos

Formularios:

  • Formulario 0356 “Inscripción y Actualización Monotributo Social Mides” en 3 vías y doble faz.

Ver Formularios

  • 2 Fotocopias del documento de identidad de los titulares.
  • Factura reciente (no más de 60 días) de empresas públicas (UTE, ANTEL, OSE, etc.) o privadas (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, TV cable, etc.) a nombre alguno de los titulares donde figure el domicilio particular para el caso de feriantes y ambulantes o del domicilio fiscal donde desarrolla la actividad en demás casos, adjuntando 2 fotocopias del mismo. En caso de no tener una factura que cumpla con esas condiciones, presentar la constancia de domicilio expedida por la Seccional Policial y 1 fotocopia.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.

Aclaración:

  • En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón.
  • En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

Otros datos de interés

Podrán optar por este tributo y forma asociativa aquellos que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones:

  1. Integren hogares que se encuentren por debajo de la línea de pobreza que determina el Instituto Nacional de Estadística, o integrantes de hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica en los términos a los que refiere el artículo 2º de la Ley Nº 18.227, de 22 de diciembre de 2007 y su reglamentación. La calificación la realiza el MIDES conforme al art. 2 de la ley 18.874.
  2. Realicen emprendimientos de más de una persona, no realizando la explotación de más de un puesto o de un pequeño local simultáneamente.
  3. No ocupen dependientes.
  4. Los emprendimientos asociativos podrán estar integrados por un máximo de cuatro personas, con excepción de los emprendimientos integrados exclusivamente por familiares, con hasta un cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, que podrán tener hasta cinco integrantes.
  5. Los ingresos derivados de su actividad no superen, en el ejercicio, el 100 % del límite establecido en el literal E) del art. 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
  6. Ejerzan una única y exclusiva actividad de afiliación patronal, no pudiendo ser integrantes inactivos (titular y cónyuge o concubino colaborador) de cualquier tipo de sociedad personal o tenga la calidad de director de sociedades anónimas aún cuando permanezcan inactivos.

Constancia del Trámite:

  • Formulario 6531 (Tarjeta de RUT)
  • Copia sellada del formulario presentados.
  • Formulario 6361 Confirmación de datos

Plazo:

  • La inscripción se realiza con carácter previo dentro de los 10 días anteriores al inicio y hasta el inicio de actividades.

Contrato para uso de servicios en linea CON BPS:

  • Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS.

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

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