Modificación de domicilio fiscal en el Registro Único de Contribuyentes
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, la modificación del domicilio fiscal de un contribuyente.
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- El formulario debe encontrarse debidamente firmado (con firma autógrafa o electrónica avanzada) por el titular o representante registrado.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- Se deberá especificar:
- Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
- En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
- No corresponde completar el Formulario cuando el trámite se realice a través de servicios en línea DGI/RUT/Modificaciones.
Archivo asociado
Documento de Identidad.
- Si el trámite es realizado por el/los titular/es o representante, deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). De presentarse un único titular deberá adjuntarse copia de los documentos de identidad de los restantes titulares.
- Si el trámite es realizado por uno un tercero, deberá presentar copia del documento de identidad del titular, titulares o representante. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Contravención por omisión de deberes formales, inscripción, modificación y clausura
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de Enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
USUARIO DGI
- Debe disponer de clave con contrato de adhesión.
- De no disponer de clave con contrato, podrá acceder a través de su ID Digital, abonando el timbre profesional en línea.
- Si el trámite se realiza fuera de plazo: debe abonar la multa previamente, ya que debe indicar el número de boleto de pago al iniciar el trámite.
- Podrán realizarse modificaciones de domicilio fiscal que correspondan en forma conjunta DGI y BPS (con excepción de contribuyentes con actividad rural o construcción), o contribuyentes que se encuentren registrados exclusivamente en DGI.
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
- Podrán realizarse modificaciones de domicilio fiscal que correspondan en forma conjunta DGI y BPS.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaPara modificaciones que corresponda realizarse en DGI y BPS:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medios de identificación electrónica.
- Ingresar en:
- Registro Único Tributario
- Modificaciones
- Completar los datos requeridos para el trámite. No se deberá adjuntar documentación.
En línea desde la web de BPS
El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través de la web de BPS:
- Modificar datos registrales de empresas
- Modificar domicilio constituido o fiscal del contribuyente
Completar todos los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida
Aclaraciones:
- Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
Para modificaciones que corresponda realizar exclusivamente en DGI
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medios de identificación electrónica.
- Solicitud de inicio
- Completar los datos requeridos y seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivo.
- Adjuntar la documentación correspondiente.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- El Formulario debe presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
- En el local DGI
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