Pago de servicios fúnebres de personalidades
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud de pago en efectivo del costo de servicios fúnebres brindado a personalidades de la República Oriental del Uruguay, designadas por el Poder Ejecutivo. El trámite puede ser iniciado por empresa fúnebres y deberá existir una resolución del Poder Ejecutivo que declare las honras fúnebres.
Requisitos
Número de RUT.
Correo electrónico.
Factura.
- Correspondiente al sepelio.
Aportar datos.
- Resolución del Poder Ejecutivo que autoriza el pago del sepelio a través de Rentas Generales.
- Nota de la familia o allegado de conformidad o no, con el servicio brindado y aclaración de si el fallecido tenía o no, cobertura particular. En caso de tenerla, nota con membrete de la empresa que le prestaría el servicio con detalle del costo.
- La empresa que brindó el servicio deberá estar inscripta en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF).
Presentación de nota o escrito.
- Nota de la empresa fúnebre con el número del Registro Único Tributario (RUT), dirigida al Ministerio de Economía y Finanzas solicitando el pago del servicio especificando:
- cédula de identidad
- dirección
- teléfono
- correo electrónico del representante para comunicaciones y notificaciones.
- Nota de la empresa fúnebre con el número del Registro Único Tributario (RUT), dirigida al Ministerio de Economía y Finanzas solicitando el pago del servicio especificando:
Otros datos de interés
La documentación original, excepto la resolución del Poder Ejecutivo, deberá ser presentada en Mesa de Entrada del MEF en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Consultas:
- Centro de Información al usuario.
- Teléfono 1712 interno 2261/2262
- Correo electrónico: atencion.usuario@mef.gub.uy.
- Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Firma electrónica avanzada.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Completar los datos del formulario, según el instructivo.
- Firmar electrónicamente.
- El trámite se da por iniciado luego de finalizar el proceso de firma.
- Una vez enviado el formulario, se analiza la información recibida y luego se notificará por el medio elegido la resolución del trámite.
En persona
- El interesado, representante o gestor debidamente autorizado, debe dirigirse a Mesa de Entrada del MEF con la documentación antes mencionada y una copia de la solicitud.
- El interesado, representante o gestor puede evacuar vistas emitidas por el MEF.
- Se notifica en Mesa de entrada del MEF.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Sólo en Montevideo:
- Mesa de entrada del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Dirección: Colonia 1089 planta baja.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
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