Re traspaso de servicios
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23El trámite consiste en re-traspasar los años de servicio realizados en el marco de otro organismo de Previsión Social, que fueron traspasados anteriormente al Servicio de Retiros para que fueran tenidos en cuenta a la hora de percibir una pasividad y éstos no hayan formado parte de la misma.
En caso de que los años traspasados al Servicio sí hayan sido tenidos en cuenta para la pasividad, no corresponde esta solicitud.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente y en buen estado (original y fotocopia).
- Formulario 101 Versión 08.2022 .
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona¿Cómo se hace?
En persona- Presentándose en la oficina correspondiente con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento Información al Usuario, Hall Principal (Sector Trámites).
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030260 internos: 1002;1003; 1004; 1005; 1006; 1007; 1008; 1009.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el Interior:
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