Re traspaso de servicios
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El trámite consiste en re-traspasar los años de servicio realizados en el marco de otro organismo de Previsión Social, que fueron traspasados anteriormente al Servicio de Retiros para que fueran tenidos en cuenta a la hora de percibir una pasividad y éstos, no hayan formado parte de la misma.
En caso de que los años traspasados al Servicio sí hayan sido tenidos en cuenta para la pasividad, no corresponde esta solicitud.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente y en buen estado (original y fotocopia).
- Formulario Nº 101 (versión 2.0) de Relevamiento de datos personales.
Para trámites iniciados en el período 23 de marzo a 21 de julio de 2025, quienes inicien trámites deben de presentar constancia de voto, pago de multa o exoneración si correspondiere de las Elecciones Nacionales 2024.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentándose en la oficina correspondiente con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento Atención al Usuario, Hall Principal (Sector Trámites).
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030257 al 60, internos: 1016; 1017.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el Interior:
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