Re traspaso de servicios
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El trámite consiste en re-traspasar los años de servicio realizados en el marco de otro organismo de previsión social, que fueron traspasados anteriormente al Servicio de Retiros, para que sean tenidos en cuenta a la hora de percibir una pasividad y éstos no hayan formado parte de la misma.
En caso de que los años traspasados al Servicio sí hayan sido tenidos en cuenta para la pasividad, no corresponde esta solicitud.
Requisitos
Documento Nacional de Identidad
- Cédula de identidad vigente y en buen estado (original y fotocopia).
Formulario nº101 - Relevamiento de datos personales y autorización de notificación electrónica- SRPFFAA
- Formulario Nº 101 (versión 2.1) de relevamiento de datos personales.
Archivo asociado
Para trámites iniciados en el período 8 de setiembre de 2025 a 6 de enero de 2026, quienes inicien trámites deben de presentar constancia de voto, pago de multa o exoneración, si correspondiere, de las elecciones municipales 2025.
Otros datos de interés
- Por razones ajenas al SRPFFAA, los trámites en línea se encuentran inhabilitados por el momento.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentándose en la oficina correspondiente con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento atención al usuario, hall principal (sector trámites).
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030257 al 60.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el Interior:
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