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Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un trámite que todo ciudadano puede realizar ante cualquier inconveniente que se le presente con los servicios comprendidos en la competencia de regulación y control de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea).
El reclamo deberá de ser presentado por el titular del servicio o por el apoderado, este último deberá de ser autorizado mediante nota, (ver modelo en archivos adjuntos), la cual se deberá de incluir en el reclamo para su tramitación.
Aclaraciones: