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Última actualización: 08/08/2025
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos

Registro de comercio expendedor de productos veterinarios

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el Registro de la firma que se dedica a la comercialización de productos veterinarios. 

Requisitos

  • Constancia de Estudios.

  • Titulo que acredite formación.

    • Fotocopia del título del profesional del Responsable Técnico Fotocopia de Certificado de Caja Profesional al día.
  • Certificado DGI.

  • Informe o estudio técnico.

  • Aportar datos.

  • Certificado BPS.

  • Certificado de Caja Profesional - CJPPU

  • Razón Social.

  • Presentación de formulario.

    • Formulario para Registro de la Empresa.
    • Formulario de Director Técnico.
  • Firma.

    • Es obligatorio que las Firmas que comercializan productos Veterinarios estén inscriptas y habilitadas por la Dirección General de los Servicios Ganaderos.

Otros datos de interés

  • Es obligatorio que debe tener un médico veterinario como responsable técnico.
  • Ver las condiciones para su habilitación en documento adjunto.
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Costos

  • 4 UR de inscripción .
  • 11 UR de mantenimiento anual, total 15 UR.
  • El pago se encuentra dispuesto en el Decreto 521/996.

Vías disponibles para realizar el trámite

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