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Última actualización: 26/05/2021
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

Registro de contratos del mercado de energía eléctrica

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

De acuerdo a lo establecido por el artículo 280 del Reglamento de mercado mayorista de energía eléctrica, todos los contratos del Mercado de Contratos a Término deben ser registrados ante el Regulador. Previo a su registro el Regulador verificará que los mismos no vulneran los principios establecidos en la Sección Defensa de la Competencia.

Requisitos

  • Previamente a realizar el trámite ante URSEA  ambas empresas (generador y comprador) deberán estar registrados en el Registro de Regulado.
  • Se deben adjuntar al mismo copias de los contratos.
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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