Registro de representantes de firmas extranjeras
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país que en forma habitual y autónoma, que presente servicios consistentes en preparar, promover, facilitar o perfeccionar la transferencia de bienes o servicios que ofrezcan firmas extranjeras, percibiendo una comisión o porcentaje a cargo del comitente.
Requisitos
- Debe constituir domicilio, proporcionar teléfono y mail de contacto.
- Designar una persona indicando su nombre, Nº de cédula y datos personales (teléfono, mail), a efectos de que pueda realizar el seguimiento del expediente en ausencia del titular.
- Certificado Notarial de la empresa con giro.
- Solicitud del Certificado de antecedentes judiciales de los Representantes.
- Estar al día con sus obligaciones en DGI y BPS.
Requisitos particulares:
Cuando el Representante no pueda firmar, nombrará a un mandatario, el cual debe presentar:
- Solicitud de Certificado de Antecedentes Judiciales de los Representantes.
- Poder Notarial al mandatario con los alcances del mismo actualizado.
- Para profesionales universitarios: El Artículo 4 del Decreto 369/994 dispone que no quedan comprendidas las actividades que en ejercicio liberal de la profesión realicen los profesionales universitarios en representación de firmas extranjeras.
Otros datos de interés
- El Asesor Jurídico en cualquier momento del trámite puede solicitar documentación necesaria para sustanciar el trámite.
- El trámite culmina con la entrega de una Constancia de Registro de Representante de Firmas Extranjeras.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con firma electrónica:
Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula)
Firma electrónica de Abitab
Firma digital de El Correo
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaIngresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
Completar el formulario en línea siguiendo las pautas establecidas en el instructivo adjunto.
Funcionarias/os del Ministerio de Economía y Finanzas validarán la documentación y datos adjuntados.
En caso de ser favorable, se emitirá la constancia de representación solicitada y se le notificará a través del medio elegido en el formulario.
- Importante: se deberá contar con dispositivo de firma electrónica para realizar el trámite.
En persona
- El interesado debe dirigirse a Mesa de Entrada del MEF con la documentación solicitada.
- Verificar el instructivo más adelante.
- Completar el formulario de Declaración Jurada, firmada por los representantes, con timbre profesional.
- Se entrega en Mesa de Entrada el Certificado de Representante de Firmas Extranjeras, firmado por el Director General de Secretaría del MEF.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Únicamente en Montevideo.
- Mesa de Entrada del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Dirección: Colonia 1089, planta baja.
- Horario de lunes a viernes de 09:30 a 16:00 horas.
Consultas:
- Centro de Información al Usuario (CIU).
- Teléfono: 0800 8612.
- Correo electrónico: atencion.usuario@mef.gub.uy.
- Horario de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
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