Reincorporación al presupuesto - retiro o pensión
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se confecciona a efectos de volver a percibir su pasividad o pensión militar luego de ser dado de baja por cualquier motivo.
Requisitos
Documento Nacional de Identidad
- Cédula de identidad del titular.
Aportar datos.
- Certificado de cese de actividades.
Formulario de solicitud
- Solicitud firmada de reincorporación.
Archivo asociado
Para trámites iniciados en el período 8 de setiembre de 2025 a 6 de enero de 2026, quienes inicien trámites deben de presentar constancia de voto , pago de multa o exoneración, si correspondiere, de las Elecciones Municipales 2025.
Otros datos de interés
- En casos excepcionales y a los efectos de probar el derecho correspondiente, los Departamentos técnicos y/o Asesorías podrán solicitar otros datos y/o documentación probatoria.
- Por razones ajenas al SRPFFAA se encuentran inhabilitados los trámites en línea por el momento.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
- Concurrir personalmente el titular o por medio de apoderado legal.
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentarse con la documentación solicitada en el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas en Montevideo o en las Asociaciones de Retirados en el Interior, según donde resida.
- Concurrir personalmente el titular o por medio de apoderado legal.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento atención al usuario, hall principal, sector trámites
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030257 al 60.
- Celular: 091604697.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el interior:
Obligatoriedad de mantener la atención presencial (Decreto N°231/017).
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