Reinicio de actividades de Sociedades de Hecho.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la administración tributaria el reinicio de la actividad de una empresa, que se encuentra en estado clausurado en BPS-DGI.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0351 Inscripción y actualización.
- Formulario 0352 Personas físicas vinculadas y/o 0353 Personas jurídicas vinculadas según corresponda.
- Formulario 205 Dec. jurada trabajadores no dependientes, excepto empresas rurales y monotributo.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
- Constancia de domicilio fiscal:
Factura original completa, de no más de 60 días, o contrato (si aun no fue emitida la primera factura) exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre de uno de los titulares y con el domicilio fiscal que declara.
Monotributo: la factura también puede ser de una empresa privada (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, TV cable, etc.), si está a nombre de uno de los titulares, en la que figure el domicilio donde se realiza la actividad. Si se trata de feriantes o vendedores ambulantes, en la constancia debe figurar el domicilio particular del titular. Estos documentos pueden ser sustituidos por la constancia de domicilio expedida por la seccional policial.
- Estas facturas pueden ser sustituidas por una Certificación notarial que contenga:
- Firma del titular.
- Datos personales:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Nacionalidad.
- Estado civil.
- Mayoría de edad.
- Documento de identidad, tipo, país de origen y número.
- Domicilio particular.
- Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
Aclaraciones:
- En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
- Solo se debe adjuntar la constancia de domicilio fiscal de la empresa cuando se modifica el que tenía declarado en forma previa a la clausura.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
- Si es sociedad integrada por profesionales universitarios: Constancia de Inscripción en la Caja de Profesionales Universitarios de todos los integrantes y para BPS ver instructivo de Inscripción de Unipersonal Universitario.
- En caso de actividad agropecuaria, ver instructivo: Inscripción de sociedad de hecho con actividad agropecuaria.
- Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Otros datos de interés
Plazo:
- Dentro del mes en curso de reinicio de actividades.
- La inscripción se podrá realizar con carácter previo al reinicio de actividades de hasta 10 días, así como dentro del mes en curso.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos.
Costos
Timbre profesional $ 250 del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-
Deberá presentar un timbre adicional cuando corresponda presentar formulario 205 Dec. jurada trabajadores no dependientes (BPS).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.
El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
En persona
- Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención Personalizada RUT.
En Montevideo
- Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
- El trámite requiere un timbre profesional – o dos timbres en caso de presentar Formulario 205 (BPS)- debidamente pegado e inutilizado.
- El trámite podrá ser presentado por un tercero, únicamente cuando los formularios se encuentren acompañados de certificado notarial con los requisitos establecidos.
- En caso de que el trámite se realice presentando como constancia de domicilio fiscal la factura de UTE, OSE o ANTEL, u otro según corresponda, el titular deberá exhibir su documento de identidad. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic. En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde posterior logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
- Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde posterior logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Planteos registrales vinculados a domicilio electrónico (DOMEL).
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI
- Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
- Horario: 9:30 a 16:15 horas.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención Personalizada RUT.
Enlaces relacionados
- Formulario 0351. Inscripción y actualización
- Formulario 0352. Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas.
- Formulario 0353. Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas.
- Formulario 205 Declaracion-jurada-no-dependientes.
- Inscripción de una sociedad de hecho con actividad agropecuaria