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Última actualización: 08/06/2026
Dirección General Impositiva

Reinicio de actividades de Sociedades de Hecho como Monotributo

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el reinicio de una sociedad de hecho contribuyente de Monotributo, que se encuentra en estado clausurado en BPS-DGI.

Por mayor información, podrá acceder: Monotributo

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Constancia de Domicilio Fiscal

    En caso de modificar el domicilio fiscal donde se desarrolla la actividad, declarado previo a la clausura, presentar: 

    • Factura original completa, de no más de 60 días, ó contrato (si aún no fue emitida la primera factura), de empresas pública (UTE, OSE o ANTEL) o privadas (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, etc.) a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • En caso de feriantes y vendedores ambulantes, debe estar a nombre del titular y con el domicilio particular del mismo.
    • De no contar con cualquiera de ellos, podrá presentar constancia de domicilio expedida por la seccional policial a nombre de uno de los titulares, en la cual se realice la actividad.
    • Estas facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • Identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, debe indicar el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
    • Estas facturas pueden ser sustituidas por Certificación Notarial.
  • Certificación Notarial.

    Conteniendo: 

    • Firma del titular.
    • Datos personales:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
    • Domicilio Fiscal. Corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. Especificar:
      • Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
      • En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
  • Documento de Identidad.

    • Si el trámite es realizado por el/los titular/es o representante deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). De presentarse un único titular deberá adjuntarse copia de los documentos de identidad de los restantes titulares, salvo que se presente certificado notarial.
    • Si el trámite es realizado por un tercero deberá presentar copia del documento de identidad del titular, titulares o representante, salvo que se presente certificado notarial. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
    • En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo. 
  • Petición

    En caso de Reinicios retroactivos:

    • Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:
      • Presentar una Petición (ver formalidades) en Mesa de Entrada BPS.
      • Acompañar con los requisitos indicados y con todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.
    • Si la petición se presenta a través del Portal de servicios en línea de BPS:
      • Seleccionar: Otras Solicitudes.
      • Trámite: Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución. 
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Puede realizarse con carácter previo al reinicio de actividades de hasta 10 días, así como dentro del mes en curso.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITES:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

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