Reinicio de una empresa Unipersonal
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el reinicio de una empresa con actividad de Industria y Comercio o Servicios Personales no Profesionales, que se encuentra en estado clausurado en BPS-DGI.
Requisitos
- Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
 - Archivo asociado
- Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS - Para el caso de múltiple empresario.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
 
- Constancia de Domicilio Fiscal - Presentar constancia únicamente cuando se modifica el domicilio que tenía declarado en forma previa a la clausura. - Adjuntar factura original completa, de no más de 60 días ó contrato (si aún no fue emitida la primera factura), exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
- Estas facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
- Identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, debe indicar el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
 
- Certificación Notarial. - De no contar con Constancia de domicilio fiscal de acuerdo a los requisitos detallados anteriormente, puede sustituirse por certificación notarial conteniendo: - Firmas del titular.
- Datos personales:- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular.
- Domicilio fiscal, especificando las calles entre las cuales se ubica, y correspondiendo al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
 
- En caso que concurrir un tercero a realizar el trámite:- Presentar certificación notarial con los datos indicados.
- Si presenta constancia de domicilio fiscal mediante factura de UTE, OSE o ANTEL, o constancia de domicilio digital, el titular deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
 
 
- Pago de multa de DGI - Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
 
- Actividad Agropecuaria - En caso de actividad agropecuaria, se debe tener presente el instructivo de BPS: Inscripción de unipersonal con actividad agropecuaria
 
- Petición - En caso de Reinicios retroactivos: - Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:- Presentar una Petición (ver formalidades) en Mesa de Entrada BPS.
- Acompañar con los requisitos indicados y con todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.
 
- Si la petición se presenta a través del Portal de servicios en línea de BPS:- Seleccionar: Otras Solicitudes
- Trámite: Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución.
 
 
- Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:
Otros datos de interés
PLAZO:
- Puede realizarse con carácter previo al reinicio de actividades de hasta 10 días, así como dentro del mes en curso.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
- Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 205 - Declaración Jurada trabajadores no dependientes (BPS).
Vías disponibles para realizar el trámite
- ¿Qué se necesita?- Por Internet- Usuario BPS. - Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
 - Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS. 
- Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser: - Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
 
- Domicilio Electrónico. - Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
 
 - En persona- Agenda previa. - Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
 
 
- ¿Cómo se hace?- Por InternetIniciar en Línea- Si se realiza dentro del mes en curso de reinicio de actividades:
 - Se tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS: - Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:- Todos los servicios
- Gestión de empresas (Registro y modificación de datos de empresa)
- Reiniciar empresa clausuradas o inactivas
- Unipersonal
- Actividad comercial e industrial o Servicio personal no profesional, según corresponda
- Seleccionar: Hacer en línea
- Completar todos los datos requeridos
 
 - Al confirmar la solicitud se le enviará al correo electrónico indicado al inicio del trámite, el resultado de la transacción.
- Tener en cuenta que a esta dirección se enviará toda comunicación relativa al trámite.
- De requerir más información, puede acceder a:- Reiniciar empresas clausuradas o inactivas / Unipersonal.
 
 - Si el trámite se realiza fuera del mes en curso:
 - Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS: - Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar: “Registro de contribuyentes comunes BPS-DGI”
- Trámite: Reiniciar empresa BPS-DGI
- Completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
 - Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite. - En persona- En Montevideo: - Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales, impresos en doble faz.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- El certificado Notarial debe presentarse original y 2 copias.
 
 - En interior: - No aplica modalidad en persona.
 
- ¿Dónde y cuándo se realiza?- En Montevideo: - En el local DGI- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
 
 
- En el local DGI
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