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Última actualización: 16/09/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Reinicio de una empresa Unipersonal

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el reinicio de una empresa con actividad de Industria y Comercio o Servicios Personales no Profesionales, que se encuentra en estado clausurado en BPS-DGI.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS

    • Para el caso de múltiple empresario.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
  • Constancia de Domicilio Fiscal

    Presentar constancia únicamente cuando se modifica el domicilio que tenía declarado en forma previa a la clausura.

    • Adjuntar factura original completa, de no más de 60 días ó contrato (si aún no fue emitida la primera factura), exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • Estas facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • Identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta,  debe indicar el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
  • Certificación Notarial.

    De no contar con Constancia de domicilio fiscal de acuerdo a los requisitos detallados anteriormente, puede sustituirse por certificación notarial conteniendo:

    • Firmas del titular.
    • Datos personales:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
      • Domicilio fiscal, especificando las calles entre las cuales se ubica, y correspondiendo al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
    • En caso que concurrir un tercero a realizar el trámite:
      • Presentar certificación notarial con los datos indicados.
      • Si presenta constancia de domicilio fiscal mediante factura de UTE, OSE o ANTEL, o constancia de domicilio digital, el titular deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
  • Actividad Agropecuaria

  • Petición

    En caso de Reinicios retroactivos:

    • Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:
      • Presentar una Petición (ver formalidades)  en Mesa de Entrada BPS.
      • Acompañar con los requisitos indicados y con todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.
    • Si la petición se presenta a través del Portal de servicios en línea de BPS:
      • Seleccionar: Otras Solicitudes
      • Trámite: Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución. 

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Puede realizarse con carácter previo al reinicio de actividades de hasta 10 días, así como dentro del mes en curso.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

  • Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
  • Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 205 - Declaración Jurada trabajadores no dependientes (BPS).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
      • Sector Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Atención personalizada RUT.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    • Si se realiza dentro del mes en curso de reinicio de actividades:

    Se tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:

    1. Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
    3. Seleccionar:
      • Todos los servicios
      • Gestión de empresas (Registro y modificación de datos de empresa)
      • Reiniciar empresa clausuradas o inactivas
      • Unipersonal
      • Actividad comercial e industrial o Servicio personal no profesional, según corresponda
      • Seleccionar: Hacer en línea
      • Completar todos los datos requeridos
    • Al confirmar la solicitud se le enviará al correo electrónico indicado al inicio del trámite, el resultado de la transacción.
    • Tener en cuenta que a esta dirección se enviará toda comunicación relativa al trámite.
    • De requerir más información, puede acceder a:

     

    • Si el trámite se realiza fuera del mes en curso:

    Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:

    1. Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
    3. Seleccionar: “Registro de contribuyentes comunes BPS-DGI”
    4. Trámite:  Reiniciar empresa BPS-DGI
    5. Completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      1. Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales, impresos en doble faz.
      2. Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      3. El certificado Notarial debe presentarse original y 2 copias.

    En interior:

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el local DGI
      • Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
  • Enlaces relacionados

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