Revocación y/o renuncia de poderes
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Revocación:Quitar la autorización que el beneficiario hubiere otorgado ante escribano particular o ante la Asesoría Notarial del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA) para ser representado a fin de realizar trámites en este Servicio.
Renuncia:Voluntad del apoderado de no representar más al beneficiario.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- En caso de renuncia presentar el carné de apoderado.
Otros datos de interés
- Se realiza en el momento. Es un acto definitivo lo cual no tiene vigencia.
- Por razones ajenas al SRP.FF.AA. los trámites en línea se encuentran inhabilitados por el momento.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Concurrir personalmente con Cédula de identidad vigente y en buen estado a la oficina de Asesoría Notarial.
En caso de revocación, también podrá realizarse enviando un e-mail a: donde exprese su voluntad de revocar el/los poderes conferidos. En el mismo se deberá adjuntar documento de identidad escaneado y deberá estar firmado.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRP.FF.AA.).
- Asesoría Notarial - Hall Principal (Sector Asesoría Notarial).
- Dirección: Avenida Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030260 ,interno: 1320.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
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