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Última actualización: 29/09/2023
Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información

Solicitud de constitución de domicilio digital para Personas Jurídicas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la solicitud de creación y suscripción de Domicilios Digital para Personas Jurídicas ante los organismo que utilizan el sistema de Notificaciones y Comunicaciones Digitales. 

Requisitos

* La primera vez que se realiza el trámite sólo se puede iniciar con usuario Gub.uy

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Costos

No tiene costo

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