Solicitud de exoneración del impuesto de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Podrá realizarlo todo aquel propietario, promitente comprador, usufructuario o poseedor de un inmueble urbano, suburbano o rural sin explotación agropecuaria a efectos de solicitar la exoneración del pago del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria.
Requisitos
- Formulario de solicitud 5806 – V.00 completo en una vía.
- Escrito de solicitud conteniendo identificación del solicitante, petición, domicilio real, domicilio constituido y causal legal en que se funda.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad del compareciente.
- Cédula Catastral o recibo de pago de Contribución Inmobiliaria del padrón o padrones objeto de la gestión (originales).
- Testimonio notarial de la escritura de poder o carta poder, o certificado notarial que acredite la representación para el caso de que comparezca un apoderado.
- Certificado notarial donde conste:
Para el caso de cooperativas:
- Control de la personería jurídica de la cooperativa y su vigencia, estableciendo su objeto social y su tipo (usuarios o propietarios), la fecha de la aprobación de los estatutos sociales, inscripción de la cooperativa en el Registro correspondiente, y cantidad de unidades que componen el edificio cooperativo con individualización de cada una de ellas.
En el caso de una institución:
- Control completo de la personería jurídica, su vigencia, su inscripción en el Registro correspondiente, y descripción del objeto de la institución según los estatutos.
Vinculación jurídica del solicitante:
- Con el o los padrones objeto de la solicitud de exoneración, fecha de adquisición del derecho, antecesor dominial o de titularidad del derecho, Escribano interviniente en la operación y datos de la inscripción registral respectiva.
Destino del bien:
- Desde la creación del vínculo señalado en el apartado anterior. Este extremo también podrá ser acreditado mediante una declaración jurada de las autoridades de la institución con firmas certificadas.
- Recibos de pago originales del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria. (cuando corresponda devolución).
Otros datos de interés
- Una vez ingresada la solicitud, se entrega al gestionante la constancia de formalización de ingreso de la solicitud de exoneración.
- La solicitud será firmada por quién se identifique en el escrito o su apoderado / representante cuando corresponda.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Deberá iniciarse en Servicios en línea / Otros servicios / Iniciar Expediente. Se deberá contar con domicilio electrónico.
En persona¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en LíneaGestor de trámites:
- Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
- Trámites / Solicitud de inicio
En persona- Presentarse en la oficina, cualquier persona que desee realizar la gestión.
- Presentar la documentación, formulario completo y nota.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Previa agenda web
En Montevideo:
- Local DGI.
- Mesa de Entrada del área Impuesto de Primaria.
- Calle Dr. Mario Cassinoni 1647, código postal 11200.
En el interior del país:
- Local DGI.
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