Guía Criterios de Disociación de Datos Personales.

5.2. Confusión en la aplicación normativa.

Otro riesgo que se corre es pensar que los datos que fueron correctamente anonimizados quedan fuera del ámbito de aplicación de la normativa sobre protección de datos, por ende se priva a las personas de cualquier tipo de protección. 
 
Es necesario hacer dos aclaraciones en este sentido: en primer lugar, pese a que los datos hayan sido correctamente anonimizados de manera que cumplan con todas las exigencias técnicas y legales, ante la menor inconsistencia frente a técnicas de inferencia o cuando se presente una posibilidad de reidentificación siempre han de operar las garantías de la Ley de Protección de Datos
 
En segundo lugar, el hecho de que en determinados supuestos se excluya la aplicación de la normativa de protección de datos, no significa que otros actos legislativos no sean aplicables al uso de esos datos, como por ejemplo la Ley de Acceso a la Información Pública.