Trámites
Constancia de habilitación a establecimiento registrado en la División Industria Animal
https://www.gub.uy/tramites/constancia-habilitacion-establecimiento-registrado-division-industria-animalIniciar Trámite en Línea : Constancia de habilitación a establecimiento registrado en la División Industria AnimalEs la emisión de un documento oficial en el cual se certifica que el establecimiento solicitante cuenta con la habilitación del MGAP para realizar las actividades definidas en dicho documento.
Consulta pública - Sistema Nacional de Bioseguridad
https://www.gub.uy/tramites/consulta-publica-sistema-nacional-bioseguridadIniciar Trámite en Línea : Consulta pública - Sistema Nacional de BioseguridadEl Sistema Nacional de Bioseguridad realiza una consulta pública invitando a la ciudadanía a participar con su opinión de los resultados de la Evaluación de Riesgos de los eventos biotecnológicos de referencia.
La herramienta utilizada a tales efectos es la puesta de manifiesto de los informes técnico-científicos, producto del análisis de cada vegetal genéticamente modificado. La puesta de manifiesto implica la publicación en la web de los informes por un período de tiempo en el cual se reciben comentarios fundamentados a través de un formulario online. La comunicación de que se inicia un período de consulta pública se realiza por diferentes medios incluyendo diarios de circulación masiva y la web de los organismos que integran el sistema.Consultas y propuestas para la comisión honoraria de desarrollo apícola (CHDA)
https://www.gub.uy/tramites/consultas-propuestas-comision-honoraria-desarrollo-apicola-chdaIniciar Trámite en Línea : Consultas y propuestas para la comisión honoraria de desarrollo apícola (CHDA)La CHDA ofrece a la ciudadanía la posibilidad de realizar consultas y/o propuestas vinculadas al sector apícola por diferentes medios, este trámite tiene por objetivo sumar el canal de trámites en línea para la recepción, respuesta y seguimiento de las mismas.
Cupón de valores históricos de índice de productividad CONEAT e índice de valor real
https://www.gub.uy/tramites/cupon-valores-historicos-indice-productividad-coneat-indice-valor-realLa Ley 13.695 (Artículos 65 al 68) del 24 de octubre de 1968 creó la Comisión Nacional de Estudio Agronómico de la Tierra (CO.N.E.A.T.) y estableció como su principal cometido el definir las normas técnicas para fijar la capacidad productiva de cada inmueble rural y el promedio del país.
Los grupos CONEAT no son estrictamente unidades cartográficas básicas de suelo, sino que constituyen áreas homogéneas, definidas por su capacidad productiva en términos de carne bovina, ovina y lana en pie. Esta capacidad se expresa por un índice relativo a la capacidad productiva media del país, a la que corresponde el índice 100. Para cada grupo se indican el relieve, material generador, los suelos que lo componen y el uso entre otras características. La nomenclatura de los grupos CONEAT se correlaciona con las Zonas de Uso y Manejo de los Suelos del Uruguay (Comisión de Inversiones y Desarrollo Económico (CIDE), 1967).
El Índice de Productividad (Índice CONEAT) de cada Padrón se obtiene del promedio ponderado de los Índices de los Grupos de Suelos que componen el Padrón más un porcentaje de afectación por incidencia del flete a la salida del puerto de Montevideo.
Dicho índice puede haber tenido modificaciones como consecuencia de ajustes catastrales o cambios en la cartografía de Grupos de Suelos CONEAT. El trámite implica la devolución de los valores de Índice de Productividad e Índice de Valor Real que ha tenido un determinado padrón desde su registro en la Dirección Nacional de Catastro.Declaración de aplicación terrestre mecanizada de productos fitosanitarios a menos de 300 mts de centros educativos
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-aplicacion-terrestre-mecanizada-productos-fitosanitarios-menos-300-mts-centros-educativosIniciar Trámite en Línea : Declaración de aplicación terrestre mecanizada de productos fitosanitarios a menos de 300 mts de centros educativosEs la declaración que se realiza cada vez que se quiera realizar una aplicación de productos fitosanitarios, dentro del plazo correspondiente.
Declaración de bosque plantado
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-bosque-plantadoInforme técnico en el que se da cuenta de la realización de una etapa del Plan Aprobado, acompañado de una Declaración Jurada del interesado.
Declaración de localización de puntos de control para la exportación de granos
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-localizacion-puntos-control-exportacion-granosIniciar Trámite en Línea : Declaración de localización de puntos de control para la exportación de granosCorresponde a la comunicación de la ubicación de los sitios que las empresas exportadoras utilizarán para la verificación del cumplimiento de los requisitos de los países destino de los granos.
Declaración jurada de colmenas fuera de fecha
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-jurada-colmenas-fuera-fechaIniciar Trámite en Línea : Declaración jurada de colmenas fuera de fechaDeclaración Jurada de Colmenas fuera de fecha: es para las personas que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Propietarios de Colmenas, quienes no realizaron la declaración en el mismo durante el período comprendido entre el 1º y el 31 de Julio.
Declaración jurada de existencias y comercialización de productos forestales del bosque nativo
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-jurada-existencias-comercializacion-productos-forestales-bosque-nativoIniciar Trámite en Línea : Declaración jurada de existencias y comercialización de productos forestales del bosque nativoEs la declaración de existencias de las empresas tenedoras de madereras provenientes del bosque nativo, de acuerdo al Decreto Nº 330/993.
Declaración jurada de propietarios de colmenas
https://www.gub.uy/tramites/declaracion-jurada-propietarios-colmenasIniciar Trámite en Línea : Declaración jurada de propietarios de colmenasDeclaración Jurada de Propietarios de Colmenas: es para las Personas Físicas o Jurídicas que se encuentren en posesión de al menos una colmena.
La Declaración Jurada se debe realizar obligatoriamente del 1º al 31 de julio de cada año.