Acta N° 52/2008

Plenario

ACTA DE RESOLUCIONES DE LA 52º SESIÓN ORDINARIA DEL CONGRESO DE INTENDENTES CELEBRADA EL 14 DE FEBRERO DE 2008 EN MONTEVIDEO.

REF. I)   Consideración de las  Actas de Resoluciones de las Sesiones Plenarias Nº 50 y 51

RESOLUCIÓN Nº. 1.- Se aprueba sin modificaciones el Acta correspondiente a la Sesión Plenaria Nº 50, quedando pendiente de aprobación el Acta Nº 51, para la próxima Sesión Plenaria del Congreso de Intendentes, a realizarse el miércoles 12 de marzo de 2008 en la Expo-Activa de Mercedes (Dpto. de Soriano).

REF. II) Informe de la Comisión Especial de Seguimiento de Patente de Rodados

RESOLUCIÓN Nº. 2.-

Se aprueba en general los criterios propuestos por la Comisión Especial de seguimiento de Patente de Rodados en lo que refiere a la exigencia documentaria para la fijación del DOMICILIO a requerir por las Intendencias para los empadronamientos y reempadronamientos de vehículos automotores a partir del 1º de febrero de 2008.

Se resuelve enviar a todas las Intendencias el texto acordado a fin de promover los ajustes de redacción definitiva e incorporarlo al Acta de Resoluciones del Congreso de Intendentes

REF. III) Incorporación definitiva de los Funcionarios en Comisión al  Congreso    de Intendentes

RESOLUCIÓN Nº. 3.- Se resuelve adoptar lo propuesto por la Mesa Representativa del Congreso de Intendentes de 31/01/08, que establece:

                               VISTO: La decisión del Congreso de Intendentes de incorporar definitivamente a los funcionarios Waldhemar Scotti, Mirza Lucas y Mauricio Cabral, quienes prestan funciones en el mismo bajo el régimen de pase en comisión, y la opción favorable de los mismos de acogerse a tal incorporación.

RESULTANDO:

  1. Que existen al momento tres funcionarios que, hallándose incluidos en los cuadros funcionales de las Intendencias Municipales, se encuentran prestando funciones en el Congreso de Intendentes bajo el régimen de pase en comisión, lo que ha ocurrido por un período que supera los tres años ininterrumpidos de antigüedad.
  2. Que dichos funcionarios, que serán objeto de incorporación definitiva al Congreso de Intendentes, son los que a continuación se detalla

Waldhemar Scotti- Intendencia Municipal de Montevideo.

Mirza Lucas-Intendencia Municipal de Cerro Largo.

Mauricio Cabral- Intendencia Municipal de Salto.

  1. Que es de interés del Congreso de Intendentes que dichos funcionarios pasen a prestar funciones definitivamente en el Organismo, debiendo para ello incorporarse al mismo.
  2. Que en virtud de ello los funcionarios citados hicieron opción afirmativa ante la posibilidad planteada de ser incorporados definitivamente al Congreso de Intendentes como funcionarios del mismo.

    CONSIDERANDO:

  1. Que  no existiendo norma que regule el régimen de pases en comisión así como el de incorporación de los funcionarios que se desempeñan bajo el mismo que en forma directa hagan relación al Congreso de Intendentes, se constituyen en normas de aplicación a éste las disposiciones legales nacionales promulgadas sobre las referidas materias.
  2. Que se encuentran dispuestos en el ámbito del Congreso de Intendentes y a favor de éste los pases en comisión de los funcionarios citados en el Resultando II) de este dispositivo.
  3. Que de conformidad a lo previsto por el artículo 15 de la Ley 17.930 con las modificaciones introducidas por el artículo 24 de la Ley 18.172 se encuentra habilitada la incorporación definitiva al Organismo de destino de los funcionarios que prestan funciones bajo el régimen de pase en comisión con los requisitos exigidos en dichas normas.
  4. Que es de competencia natural de todo organismo público designar a sus funcionarios, y dentro de tales facultades, amparadas además por el marco normativo citado, se encuentra la de disponer la incorporación definitiva a sus cuadros funcionales de aquellos que se desempeñan actualmente bajo el régimen de pase en comisión.
  5. Que los funcionarios que se incorporan al Congreso de Intendentes habrán de conservar sus actuales retribuciones.

      ATENTO:

A lo previsto por los artículos 15 de la Ley Nº. 17.930 de fecha 13 de diciembre de 2005, 24 de la Ley Nº. 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007, el Reglamento de Funcionamiento del Congreso de Intendentes, y a sus facultades,

 

                                       EL CONGRESO DE INTENDENTES

                                                             RESUELVE:

 

1º) Incorporar definitivamente a sus cuadros funcionales a los siguientes funcionarios, que hasta el presente se desempeñan en este organismo bajo el régimen de pase en comisión:

Waldhemar Scotti

Mirza Lucas

Mauricio Cabral

2º) La presente incorporación no significará lesión a ninguno de los derechos de que gozaban los funcionarios incorporados en sus organismos de origen, ni afectará en forma alguna su carrera administrativa, reconociéndose a los mismos la antigüedad que tenían en sus respectivos cargos y fijándose su retribución en la suma de la que actualmente perciben en las Intendencias de origen y en el Congreso de Intendentes por todo concepto.

3º) La incorporación dispuesta regirá a partir del 1º de marzo de 2008.

4º.) Notifíquese a los funcionarios incorporados, a las Intendencias Municipales de origen, anótese en los legajos personales, comuníquese, regístrese y archívese.

5º.) Incorpórese la presente Resolución a la Rendición de Cuentas y Modificación Presupuestal  del Congreso de Intendentes, correspondiente-

REF IV) Beneficio de Retiro Incentivado para los funcionarios del Congreso de Intendentes

RESOLUCIÓN Nº 4.- Se resuelve adoptar lo propuesto por la Mesa Representativa del Congreso de Intendentes de 31/01/08, que establece:

                                  VISTO: El planteo realizado por funcionarios del Congreso de Intendentes el 08/03/06 (Nota Nº 146/05) referido a la obtención de un beneficio especial de retiro incentivado.

CONSIDERANDO:

                                 Que por el largo tiempo transcurrido de la aprobación genérica del tema  (Resolución Nº 1 de 08/06/06 del Organismo) a la fecha se hace necesario concluir el tratamiento del mismo.

                                   El CONGRESO DE INTENDENTES

                                                         RESUELVE:

1º) Incorporar, como Resolución del Organismo al tema de referencia el texto propuesto en el Artículo 14 del Proyecto de Rendición de Cuentas del Congreso de Intendentes elaborado por los técnicos contratados en el marco del Convenio firmado por el Organismo. AECI, PNUD y OPP con su correspondiente adecuación a las pautas ya establecidas y oportunamente acordadas y cuyo texto se transcribe:

“Artículo 14- El Congreso de Intendentes resuelve establecer un beneficio especial de retiro incentivado para los funcionarios con una antigüedad superior a 30 años en el Congreso de Intendentes, con causal jubilatorio dentro del ejercicio 2008, que renuncien dentro de ese plazo.

 Este beneficio será de un subsidio mensual equivalente al sueldo nominal actualizado y podrá ser percibido por un período de 24 meses. Solo se tendrá en cuenta a los efectos del  cálculo respectivo, el salario básico del funcionario, con excepción del aguinaldo y salario vacacional.”

Incorpórese la presente Resolución a la Rendición de Cuentas y Modificación Presupuestal del Congreso de Intendentes, correspondiente.

                      

                   

                                                                      DR. CARLOS A. PEÑA

                                                                    SECRETARIO GENERAL

 

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