Acta N° 54/2025
Plenario
ACTA DE RESOLUCIONES DE LA 54º SESIÓN PLENARIA 18 DE JUNIO DE 2025. MONTEVIDEO
REF I) Aprobación de las Actas de Resoluciones de la 52° y 53° Sesiones Plenarias.
RESOLUCIÓN N° 1:
Se aprueba por unanimidad las Actas de Resoluciones de la 52° y 53° Sesiones Plenarias realizadas el 22 y 26 de mayo de 2025.
REF II) Informe de la Dirección de Asuntos vehiculares.
a) PUNC por puntos.
El informe lo realiza el Sr. Director de Tránsito de Maldonado, Juan Pígola quien detalla el proyecto remitido por la UNASEV sobre la reglamentación del capítulo III) de la Ley 19.824.
Dicho proyecto fue analizado por los Directores de Tránsito de las Intendencias Departamentales, se le realizaron modificaciones al mismo y se presenta ante los Intendentes.
El Consejero Pedro Apezteguía explica que el sistemas se aplica en buena parte del mundo. Es un sistema probado en términos de su impacto sobre la siniestralidad vial. En tal sentido recomienda aprobar la moción y seguir atentamente el proceso de reglamentación y los 24 meses de implementación para lograr un proceso exitoso.
El Intendente de Lavalleja, Esc. Hermán Vergara plantea la necesidad de estudiar modificaciones en los límites de velocidad en calles, caminos y rutas nacionales.
El Intendente de Maldonado, Ing. Enrique Antía plantea analizar el precio y el tiempo de las infracciones por espirometría.
Asimismo plantea una reglamentación sobre la adquisición de vehículos birodados a quienes posean licencia de conducir.
También plantea que se analice la quita de puntos o una multa pecuniaria por ruidos molestos (exceso de nivel de música o caños de escape libres).
RESOLUCIÓN N° 2:
Se resuelve por unanimidad elevar al Poder Ejecutivo las modificaciones realizadas a la propuesta de la Unasev sobre el proyecto de sistema de puntos al PUNC y el acta de la versión desgrabada con las sugerencias realizadas por los Sres. Intendentes.
b) Pliego de condiciones para el proyecto matrícula digital.
El Director de Asuntos Vehiculares, César García presenta el trabajo realizado para el proyecto de matrícula digital y se hace entrega del proyecto de pliego de condiciones que podría aplicar en una licitación abarcativa de todo el proceso.
Asimismo informa que el SUCIVE, como estructura soporta acumulación de datos, en 15 años manejó más de 4.500 millones de dólares y unos 50 millones de transacciones siendo una de las plataformas de gobierno más complejas en el Estado. La apertura 2024 mostró que en Uruguay hay aproximadamente 3 millones de vehículos registrados, 1.335.258 son unidades livianas, autos y camionetas, 85.345 camiones, 96.584 maquinarias de mediano y gran porte y 1.481.847 son motos, de las que se sabe circulan unas 500 mil.
La morosidad 2024 para todas las categorías fue del 17%, para ponerlo en números, de $ 21.795.611.268 cobrados en 2024 por patentes y conexos, el 17% serían $ 3.962 millones. Por estrato de año, los vehículos de 2012 a 2024 morosidad del 8%, de 2008 a 2011 un 23%, de 2004 a 2007 un 28% y entre 1992 y 1995, un 58%.
Las infracciones de tránsito o multas, en 2024 fueron 1.217.335. De las cuales, 614.358 aplicaron por exceso de velocidad. 96.579 por no respetar luces de semáforo, 31.121 por no tener licencia o tenerla vencida y 5.215 por conducir bajo efecto de alcohol o drogas.
Las matrículas en mal estado o clonadas, de los puestos de identificación vehicular, como peajes o puestos fijos de control en el país, surge el dato que las motos que por allí transitan, un 7% tienen chapas ilegibles mientras que los autos son el 2%. El 0,11% del tránsito pasante por estos puestos son vehículos que evitaron ser registrados por el estado de sus matrículas.
Las intendencias históricamente reajustan y matriculan los vehículos automotores de todas las categorías, esta competencia se encuentra plasmada en la Ley N° 17.781 de registros públicos, que asigna a las comunas esta función.
En el año 2024, las exigencias de identificación vehicular fueron objeto de una nueva norma por Ley N° 20.356 que reforma el código penal para casos de clonación de automotores, estableció en su artículo 5º que todo vehículo automotor nuevo que se comercialice o ingrese al país para su venta, deberá contar con un marcaje único identificatorio en las partes y bajo las condiciones que determine el Poder Ejecutivo. El artículo aún no está reglamentado.
Sobre esta base, el 23 de noviembre de 2022, el Congreso y el MTOP firmaron un convenio interinstitucional por el que el Congreso se obligó a implantar el sistema de la matrícula electrónica o digital.
El mismo sería con la implementación de un TAG a los elementos del empadronamiento actual que son las chapas de matrícula y libreta del vehículo, llamado documento de identificación vehicular, con la finalidad de reducir las matrículas clonadas para evitar pagar multas o pagar peajes, quedando por su acción en evidencia de forma inmediata cuando circulen por puestos de control, es objetivo primario. Ese TAG oficiaría como verdadera matrícula siendo un elemento electrónico capaz de relacionarse con absoluta reserva de los datos personales que maneja incluso para eventuales operadores del sistema. Su registro apelaría a pórticos instalados o a instalarse en rutas y ciudades, por el Ministerio del Interior en todo el país.
El 6 de diciembre de 2022 el Congreso resolvió declarar de interés la propuesta del Consorcio Ciemsa SCI para desarrollar un sistema de control vehicular, a partir de esta iniciativa privada, reiterarada en abril de 2025, el proyecto del Congreso se integró a este ámbito mejorando la idea a partir del trabajo que demandó la resolución de la Mesa N° 173/25 que formó un equipo asesor para informar sobre la viabilidad del proyecto.
Por el Congreso se resolvió a efectos de analizar este estudio de viabilidad intervinieron los contadores de la fiduciaria del Sucive, Martín Larregui y Nicolás Banchero y el gerente analista de HG, quienes estuvieron coordinados por mí como Director de Asuntos Vehiculares. Por la empresa proponente la coordinación estuvo por el Ing. Renzo Tuccat, el producto que es entregado a los Sres. Intendentes en el día de hoy son las especificaciones técnicas que debería contener el pliego de condiciones para una licitación para la implantación, implementación y gestión informática del empadronamiento de vehículos.
El Sucive, bajo este formato, administraría el sistema de registración y suministro de insumos necesarios como matrículas, TAGs, documentos plásticos para el DIP y soportes informáticos, a todo lo cual se puede accionar la gestión y hasta el mantenimiento del sistema.
Los estudios de factibilidad previos dan cuenta que sumados el concepto de recaudación actual, el costo emergente operativo de la empresa adjudicataria que estaría por debajo de lo que cobra actualmente a los contribuyentes por el precio total, para el caso de coordinarse acciones políticas con la CVU, que es una alternativa y mantenerse el lector de TAG que hoy se tiene en plaza que es para los peajes, el costo final del producto sería en todo caso la suma de los insumos de hoy más el canon o precio de las empresas adjudicatarias y el excedente que pudiera determinarse como costo de gestión Sucive por parte del Congreso.
c) Modificación régimen sancionador 3.1.1 artículo 5) decreto 303/023.
El Sr. Director de Tránsito de Canelones, informa sobre la modificación al régimen sancionador del artículo 5) del Decreto N° 303/023. En dicho decreto se define que en ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir o tenerla suspendida, si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente.
El planteo que se realiza es la posibilidad de generar una disociación o desligar el 3.1.1 y que quede 3.1, conducir sin licencia habilitante, y el 3.1.1 que sea conducir con licencia retenida.
La moción de modificación plantea enviar al Ejecutivo una comunicación pidiendo la modificación del artículo 5 del decreto 303/023 reglamentario del artículo 26 de la Ley N° 19.824, excluyendo de la misma el alcance al código sancionatorio 3.1.1 (no poseer licencia de conducir o tenerla vencida) proponiendo la siguiente redacción:
“Artículo 5: los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa, código 4.2.1 o la cancelación total del convenio que la financió”.
RESOLUCIÓN N° 3:
Se resuelve por unanimidad elevar al Poder Ejecutivo una nota planteando la modificación del artículo 5) del Decreto N° 303/023, proponiendo la siguiente redacción:
“Artículo 5: los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa, código 4.2.1 o la cancelación total del convenio que la financió”.
d) Texto ordenado del PUNC – actualización.
Se informa que de acuerdo a la reglamentación de la licencia de conducir por puntos, se debe modificar el Texto Ordenado del PUNC y ajustarlo a la normativa general.
REF III) Informe de la Mesa
- Caminería Rural.
Los Sres. Intendentes de Florida y de Lavalleja plantean la preocupación por el impacto en los caminos rurales de la salida de la producción, especialmente el transporte de madera. Los fondos destinados a la reparación y mantenimiento de los caminos rurales no son suficientes, especialmente en los períodos en que sale la producción de los diferentes emprendimientos rurales.
Esto lleva a tener caminos, que especialmente los días de lluvia, no resisten la gran cantidad de tránsito de camiones llevando a que los mismo queden intransitables y que los Gobiernos Departamentales deban asignar recursos, que muchas veces no poseen, tanto maquinaria como recursos.
REF IV) Asuntos Varios.
La Sra. Secretaria Ejecutiva, informa que concurrieron a la Comisión de Legislación de la Cámara de Senadores por el proyecto de ley referido al ingreso de funcionarios en las Intendencias Departamentales, en dicha comisión se solicito que el Congreso presentara las sugerencias que consideraran convenientes al proyecto.
Para tal fin, se le solicito al Asesor Dr. Ricardo Gorosito que realizar un borrador del proyecto y el mismo será consensuado entre los Consejeros de las bancadas a efectos de remitirle el mismo a la comisión.
Montevideo, 18 de junio de 2025.