Opción de tributar IRPF por núcleo familiar
Guías
¿Quiénes pueden constituir núcleo familiar?
Pueden constituirlo los cónyuges (no separados de bienes y sin capitulaciones matrimoniales) y los concubinos reconocidos judicialmente, integrados exclusivamente por personas físicas residentes y siempre que ninguno de los integrantes sea contribuyente del IRAE, IRNR, IMEBA o IASS.
No podrá ejercerse la opción de tributar como núcleo familiar en los años civiles en que se creen o disuelvan las sociedades conyugales y las uniones concubinarias.
¿Cómo se realiza la opción de liquidar el IRPF como núcleo familiar?
La opción por liquidar como núcleo familiar, se realiza año a año y se materializa presentando la respectiva declaración jurada. Si se opta por liquidar como núcleo familiar en un determinado año, eso no obliga al contribuyente a seguir haciéndolo por los años siguientes.
Aclaración importante:
La liquidación por núcleo familiar no es obligatoria, sino que constituye una opción.
¿Cuáles son las rentas por las que se puede optar por núcleo familiar?
Solamente se puede liquidar como núcleo familiar por las rentas del trabajo (categoría 2).
¿Es posible reducir las retenciones mensuales de IRPF?
Es posible reducir las retenciones mensuales de IRPF en un 5% si durante el año anterior, alguno de los integrantes del núcleo familiar no fue contribuyente del IRPF por sus rentas de trabajo.
Podrá solicitar la reducción uno de los dos integrantes, por una, varias, o todas las rentas que se obtengan.
En el caso de las personas físicas que obtienen rentas en relación de dependencia, la reducción deberá solicitarla, a través del formulario 3100, una sola vez por ejercicio, y operará a partir del mes siguiente a la presentación de dicho formulario.
En el caso de las personas físicas que obtengan rentas fuera de la relación de dependencia, éstos podrán reducir el monto de sus anticipos en un 5%.
Quienes optaron por la reducción del 5% por núcleo familiar, ¿están obligados a declarar cómo núcleo familiar?
No, no están obligados a declarar como núcleo familiar. De todos modos, sí están obligados a presentar declaración jurada ya sea como persona física o como núcleo familiar.
¿Cómo saber si la liquidación por núcleo familiar es la más conveniente?
Se encuentra disponible un simulador IRPF núcleo familiar, donde podrá calcular la opción más conveniente de liquidación del IRPF.
Importante:
Una vez realizada la opción de liquidar el IRPF como núcleo familiar, no se podrá cambiar la misma liquidando como persona física o viceversa dentro de un mismo año civil.
¿Cómo y cuándo presentan su declaración jurada?
En los casos en que corresponda la presentación de la declaración jurada se deberá completar el formulario 1103, de acuerdo al calendario de vencimientos establecido.
¿Cómo se realiza el pago?
El pago se realiza con mes cargo: Diciembre del año correspondiente y se paga al siguiente código de impuesto:
- 117 IRPF - Contribuyentes Cat. II - Núcleo Familiar Saldo.
En el instructivo medios habilitados para el pago del IRPF se detalla la información necesaria para realizar el pago.
Los contribuyentes del IRPF, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio en 5 cuotas iguales de acuerdo al calendario de vencimientos establecido.
¿Cómo se cobra un crédito de IRPF a favor del contribuyente?
Si de la declaración jurada surge un saldo de IRPF a favor del contribuyente, podrá efectuar el cobro del mismo en efectivo una vez autorizado por DGI.
Más información sobre devoluciones.
Consulte si posee crédito disponible.