Llamado a concurso público y abierto para cargos de Fiscal Letrado Adscripto/a
No Vigente
Instituciones convocantes
- Fiscalía General de la Nación
Descripción
Fiscalía General de la Nación convoca a concurso público y abierto de oposición y méritos para la elaboración de un orden de prelación a efectos de proveer cargos de Fiscal Letrado Adscripto/a que vacaren con posterioridad al agotamiento o vencimiento del orden de prelación vigente (Resolución N.°386/2024, de fecha 08 de mayo de 2024), así como los que vacaren durante la vigencia del listado de prelación que se conforme.
Los cargos serán provistos de conformidad a lo preceptuado en el artículo 45 de la ley 19.483 (Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Nación), mediante un concurso de oposición y méritos, que se ajustará a las presentes Bases y al Reglamento General de Concursos aprobado por Resolución N.º 336/2020 de 16 de julio de 2020, y a efectos de cumplir con las funciones establecidas en el artículo 43 de la Ley N.º 19.483. El presente llamado es alcanzado por la Ley N.º 19.684 de 26 de octubre de 2018 y Decreto N.º 104/019 (Personas Trans); y por el artículo 525 de la Ley N.º 20.075 que sustituye el artículo 4 de la Ley N.º 19.122 y Decreto N.º 144/014 (Personas Afrodescendientes). Mediante el acto de inscripción, las personas que aspiran al cargo, expresarán a qué grupo se postulan, pudiendo optar por más de uno.
La lista de prelación resultante se utilizará para cubrir vacantes generadas en todo el territorio nacional, determinándose el destino de conformidad con las necesidades del servicio.
En el primer destino asignado se deberá permanecer un mínimo de un año (1 año), salvo decisión fundada dictada por el jerarca del Organismo.
1. INSCRIPCIONES:
1.1. Período de inscripción: del 14 de octubre al 1º de noviembre de 2024.
1.2. Lugar de inscripción y presentación de documentos: Departamento de Gestión Humana de la Fiscalía General de la Nación, sito en la calle Paysandú 1283 de la ciudad de Montevideo.
1.3. Horario: de 11.00 a 16.00 horas.
Se solicita a los postulantes agendarse previamente en forma telefónica aefectos de garantizar un proceso de inscripción organizado. Podrán agendarse previo al comienzo del período de inscripción y durante el mismo, para ello deberán comunicarse con el equipo de Desarrollo Humano (teléfono: 1985 internos 1602, 1603 y 1606), de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 16:00 horas.
1.4. Formulario de inscripción (Anexo I): A descargar de la página web de la Fiscalía General de la Nación www.fiscalia.gub.uy conjuntamente con el formato de currículum vitae (Anexo II).
1.5. Documentación requerida: Currículum vitae y toda la documentación acreditante del mismo (Ver punto 3 de las Bases Particulares).
1.6. Forma de presentación: Conforme a lo establecido por los artículos 15, 16 y 17 del Reglamento General de Concursos.
La documentación a presentar debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar contenida en soporte digital (pendrive).
- Ordenada cronológicamente y escaneada.
- Debidamente foliada (numerada correlativamente).
- Con orden secuencial de las copias de los certificados y documentos declarados en el currículum vitae y los documentos originales que serán exhibidos al funcionario receptor.
De conformidad con el artículo 15 del Reglamento General de Concursos del Escalafón “N” no se recibirá documentación en formato papel.
El soporte electrónico conteniendo la documentación a presentar deberá estar identificado con el número de cédula de identidad del postulante y ser entregado al funcionario receptor, quien una vez realizado el control correspondiente (cotejo de documentación presentada y sus originales) lo incorporará en sobre cerrado, que identificará con el número de cédula de identidad que corresponda.
El postulante será responsable de la veracidad de los datos brindados, teniendo la información aportada el carácter de Declaración Jurada. El Tribunal actuante sólo tomará en cuenta la información acreditada. Cualquier inexactitud que se compruebe habilitará a no considerar el documento, sin perjuicio de las acciones administrativas y penales que pudieren corresponder (artículo 16 del Reglamento General de Concursos del Escalafón “N”).
2. POSTULACIONES:
Podrán presentarse al llamado quienes cumplan con los siguientes requisitos:
1) Ser ciudadano oriental natural o legal con 3 (tres) años de ejercicio de acuerdo al artículo 46 de la Ley 19.483 y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional.
2) Tener título de Universitario de Abogado - Doctor en Derecho y Ciencias Sociales con una antigüedad mínima de 2 (dos) años desde el juramento ante la Suprema Corte de Justicia al momento de la inscripción.
3) Presentar testimonio de la ficha estudiantil universitaria (escolaridad) con el promedio general calculado y estampado por la Institución certificante. Si la escala utilizada no fuera de 1 a 12, la Institución que expide la escolaridad deberá hacer constar, además, cuál sería el puntaje ajustándose a aquella escala, según las normas de equivalencia correspondientes. No se admitirán certificados en otras condiciones.
4) En ningún caso podrán ingresar a la Fiscalía General de la Nación personas que hubieran sido condenadas por delitos dolosos perseguibles mediante acción pública. Extremo que se acreditará mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Judiciales (Buena Conducta) y Certificado de NO estar inscripto en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
El Certificado de Antecedentes Judiciales deberá presentarse en dos ocasiones: al momento de la postulación (basta con acreditar haber tramitado el Certificado) y en caso de ingreso se presentará el certificado actualizado. En lo que respecta al Certificado de NO estar inscripto en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales, solamente deberá ser presentado en caso de ingresar.
Los postulantes deben comunicar lo que corresponda según el deber establecido en los
artículos 10 y 11 del Reglamento.
La inscripción del postulante importará de parte de la persona inscripta el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en las presentes Bases Particulares y en el Reglamento General de Concursos.
3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Formulario de inscripción (Anexo I).
- Currículum vitae (Anexo II).
- Cédula de Identidad vigente.
- Credencial Cívica.
- Carta de ciudadanía (en caso de ser ciudadano legal).
- Título de Universitario de Abogado - Doctor en Derecho y Ciencias Sociales con una antigüedad mínima de 2 (dos) años desde el juramento ante la Suprema Corte de Justicia al momento de la inscripción.
- Escolaridad con las especificaciones determinadas en el numeral 2 de la sección anterior.
- Control de salud vigente, el cual deberá ser presentado en caso de ingresar.
- Acreditar haber tramitado el Certificado de Antecedentes Judiciales (Buena Conducta) a efectos de poder ser considerada la postulación (artículo 10 del Reglamento General de Concursos). Sin perjuicio de ello, en caso de ingresar, deberá el postulante presentar nuevamente el certificado actualizado.
- Documentación acreditante del currículum vitae.
- Para aquellas personas amparadas en la Ley N.º 19.122 (Afrodescendiente) se estará a la manifestación expresa del postulante a través de Declaración Jurada (Anexo III).
- Para aquellas personas amparadas en la Ley N.º 19.684 (Personas Trans), será requisito indispensable el haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios, o haber solicitado o accedido a la Tarjeta Uruguay Social Trans, lo que deberá ser acreditado. Conjuntamente, se deberá presentar Declaración Jurada (Anexo III).
- Aquellas personas que tengan un vínculo funcional con Fiscalía General de la Nación con una antigüedad mayor a 2 (dos) años, deberán presentar la Declaración Jurada (Anexo III).
Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada deberán presentar la misma debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante “Apostilla”, si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley N.º
18.836 del 8 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente (formación).
4. LISTA DE INSCRIPTOS:
El día hábil siguiente a la fecha de cierre de las inscripciones, el Departamento de Gestión Humana publicará la lista de personas inscriptas en la página web de la Fiscalía General de la Nación. Los postulantes tendrán un plazo de 3 días hábiles siguientes al de la publicación referida para manifestar su desistimiento expreso (mediante nota firmada por el postulante presentada de forma presencial en el Departamento de Gestión Humana o por correo electrónico remitido desde el declarado en el currículum vitae a la casilla electrónica concursos@fiscalia.gub.uy, con el asunto “DESISTIMIENTO” (acompañado del número de documento de identidad)).
Vencido el plazo para desistir, si se hubieran producido cambios en la lista, se procederá a una nueva publicación que tendrá carácter de definitiva.
Preselección: En caso de que la cifra de inscriptos supere los 200 (doscientos) se seleccionarán las mejores escolaridades hasta llegar a ese número, dejando las siguientes 50 (cincuenta) en lista de espera, para el caso de que existan desistimientos expresos. Si existiera paridad de puntaje en el puesto 200, se les admitirá a todos los que detenten dicho puntaje. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de postulantes que mantengan a la fecha de la inscripción, vínculo funcional con Fiscalía General de la Nación que se encuentre reflejado en la plataforma de Registro de Vínculos con el Estado (RVE), con una antigüedad mayor a 2 (dos) años, serán eximidos del proceso de preselección (cuando este corresponda), siempre que presenten la Declaración Jurada (Anexo III) referida ut supra. Cumplidas ambas condiciones se les adicionará a la lista de seleccionados por escolaridad. Aquellos funcionarios que no cumplan alguna de las condiciones deberán pasar por el proceso de
preselección por escolaridad (cuando este corresponda).
5. CONTROL DE INSCRIPCIONES Y LISTA DEFINITIVA:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento General de Concursos, vencido el plazo para las inscripciones, el tribunal dispondrá de un plazo de 15 (quince) días hábiles para efectuar un control formal de las inscripciones recibidas y de la documentación acompañada; en su caso, podrá ordenar a cualquiera de los inscriptos subsanar omisiones formales, dentro de un término de 3 (tres) días hábiles. Culminada esta etapa, el tribunal publicará la lista definitiva de postulantes habilitados para concursar.
6. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES:
Todos los actos del concurso serán notificados a los postulantes a través de la página web de la Fiscalía General de la Nación, sin perjuicio de las comunicaciones que pudieren efectuarse a través de los correos electrónicos personales o institucionales en su caso en forma
nominativa (artículo 20 del Reglamento General de Concursos). Todas las referencias publicadas en la página web a los postulantes o concursantes, se realizarán exclusivamente, mediante la mención de su cédula de identidad (artículo 21 del Reglamento General de Concursos).
7. TRIBUNAL:
Regirá su actuación de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 47 a 66 del Reglamento General de Concursos.
8. ETAPAS DEL CONCURSO PARA FISCAL LETRADO ADSCRIPTO.
1) Admisibilidad de los postulantes.
2) Pruebas de oposición (escrita y oral).
3) Evaluación psicolaboral.
4) Calificación de los méritos
9. PUNTAJE MÁXIMO ASIGNADO A CADA ETAPA:
De un total de 100 puntos, se asignarán;
1) 70 puntos a la prueba de oposición: 50 puntos a la prueba escrita y 20 puntos a la prueba oral.
2) 10 puntos a la evaluación psicolaboral.
3) 20 puntos a los méritos.
Se tendrá presente lo dispuesto por el artículo 24 del Reglamento General de Concursos. La puntuación final será la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada una de las etapas. Si un concursante no participara de alguna de las etapas del concurso, se le tendrá por desistido del mismo.
Para integrar la lista de prelación, se exigirá un mínimo de 60 puntos.
9. PRUEBA DE OPOSICIÓN:
9.1.- PRUEBA ESCRITA (hasta 50 puntos) Artículos 27º y siguientes del Reglamento General de Concursos.
La prueba consistirá:
A) Redacción de un escrito de acusación o sobreseimiento, aplicando la normativa procesal aprobada por la Ley No. 19.293 y sus modificativas, sobre el caso práctico planteado por el Tribunal (hasta 25 puntos).
B) Cinco preguntas propuestas por el Tribunal, dentro de los siguientes temas: derecho penal sustantivo, principios y régimen de la norma procesal penal, sujetos procesales, formalización, medidas cautelares, principio de oportunidad, archivo provisional, indagatoria preliminar, proceso abreviado, proceso simplificado y juicio oral en todas sus etapas -de conformidad con el Código del Proceso Penal, aprobado por Ley N.º 19.293 de 19 de diciembre de 2014 y leyes modificativas-, técnicas de interrogatorio y contrainterrogatorio de testigos y peritos, recursos; derecho sustantivo y procesal en materia de adolescentes infractores; proceso aduanero; intervención como parte en procesos relativos a intereses difusos, nulidad de matrimonio, pérdida, limitación o suspensión de patria potestad; designación de tutor o curador; organización y funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación (Leyes N.º 19.334 y 19.483) (hasta 25 puntos, a razón de hasta 5 puntos por cada pregunta). El Tribunal resolverá y comunicará en el mismo acto que fije la fecha de la prueba escrita, si durante la misma se podrán consultar textos legales no comentados y en su caso, cuáles. Cualquier forma de identificación de las pruebas escritas, importará la nulidad.
El plazo de 20 días hábiles (prorrogables por otros 10 días hábiles) para la correcciónde la prueba escrita comenzará a computarse el día siguiente de la finalización de la prueba oral. La apertura de los sobres identificatorios, una vez corregido el 100% de los sobres que contengan las pruebas, se realizará en acto público, al que se convocará a todos los concursantes (artículo 32 del Reglamento General de Concursos).
9.2.- PRUEBA ORAL (hasta 20 puntos).
Con posterioridad a la realización de la prueba escrita y antes de la apertura de los sobres de la misma, se realizará la prueba oral.
Consistirá en una presentación oral de la solicitud fiscal de formalización de la investigación y el eventual pedido de medidas cautelares sobre el imputado y/o sus bienes, un alegato de apertura o de clausura, o el interrogatorio y contrainterrogatorio de un testigo o perito, aplicando la normativa procesal aprobada por la ley No. 19.293 y modificativas, a partir de un caso práctico planteado por el tribunal.
10. APROBACIÓN DE LAS PRUEBAS DE OPOSICIÓN.
Aprobarán las pruebas de oposición y quedarán habilitados para la siguiente etapa del concurso aquellos que:
a) Alcancen el mínimo del 50% del puntaje previsto para cada una de ellas (25 puntos prueba escrita y 10 puntos para la prueba oral) y
b) Alcancen entre ambas pruebas de oposición el 60% (42 puntos) del puntaje de la etapa.
Ambos requisitos son acumulativos.
11. EVALUACIÓN PSICOLABORAL (hasta 10 puntos).
Consistirá en una batería de tests que se propondrá en fecha a determinar, debidamente notificada a todos los concursantes. La evaluación psicolaboral no significa psico-diagnóstico ni estudio de la personalidad, sino evaluación de aptitudes para el desempeño del cargo. Dicho evaluador será designado por el Sr. Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación. El resultado de la evaluación psicotécnica tendrá carácter reservado y será conocido únicamente por los integrantes del Tribunal y por el propio postulante -a su requerimiento-, sin perjuicio de la publicidad del puntaje final (artículo 38 del Reglamento), que se conocerá en el acto público de apertura de los sobres identificatorios.
El técnico evaluará las siguientes competencias:
COMPETENCIAS GENERALES | COMPETENCIAS ESPECÍFICAS PARA EL CARGO |
Orientación a resultados. | Pensamiento Analítico. |
Trabajo en equipo. | Planificación y Organización. |
Orientación a la ciudadanía/usuario interno/usuario externo. | Tolerancia a la presión del trabajo. |
Adaptación al cambio. | Adaptabilidad y flexibilidad |
Aprendizaje continuo. |
12. MÉRITOS (hasta 20 puntos).
Los méritos de los concursantes serán computados de acuerdo a los siguientes criterios y hasta los respectivos puntajes que se establecen a continuación:
a) Desempeño como Abogado en la Fiscalía General de la Nación computándose con un índice de 1 por año de actuación hasta un máximo de 4 puntos.
b) Desempeño de cargos técnicos en el Poder Judicial (Jueces, Defensores Públicos o Procuradores), o de la Abogacía en otros Organismos Públicos, computándose con un índice de 0,3 por año de actuación hasta un máximo de 3 puntos.
c) Experiencia laboral en el ejercicio liberal de la abogacía debidamente acreditada, computándose con un índice de 0,2 por año de actuación hasta un máximo de 2 puntos.
d) Desempeño como Administrativo en la Fiscalía General de la Nación computándose con un índice de 0,2 por año de actuación hasta un máximo de 1 punto.
e) Doctorados, maestrías, especializaciones, diplomados, cursos de postgrado que tengan una duración mínima de 60 horas, poseer título de Profesor Universitario; en aquellas materias que integran los cometidos de la Fiscalía General de la Nación, hasta un máximo de 4 puntos.
f) Título de Escribano Público, 1 punto.
g) Participación en calidad de ponente, expositor, disertante o panelista en cursos, seminarios, talleres, jornadas, congresos o videoconferencias, ejercicio de la docencia universitaria; en aquellas materias que integran los cometidos de la Fiscalía General de la
Nación, hasta un máximo de 2 puntos.
h) Publicaciones e investigaciones en aquellas materias que integran los cometidos de la Fiscalía General de la Nación, hasta un máximo de 2 puntos.
i) Participación en calidad de asistente en cursos, seminarios, talleres, jornadas, congresos o videoconferencias en aquellas materias que integran los cometidos de la Fiscalía General de la Nación, hasta un máximo de 1 punto.
13. RESULTADO FINAL (art. 39 y siguientes del Reglamento).
El Tribunal emitirá su dictamen final y el orden de prelación, para lo que realizará la sumatoria de los puntajes obtenidos por cada concursante en todas las etapas.
En caso de paridad en el resultado final, se resolverá de acuerdo al artículo 41 del Reglamento. Si hubiera más de un cargo vacante al momento de efectuarse las propuestas de designación, las mismas serán realizadas de acuerdo al orden de prelación, quedando a criterio
del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, la asignación de los destinos respectivos.
Se declarará desierto el Concurso, de configurarse las hipótesis del artículo 44 del
Reglamento.
14. VIGENCIA DE LA PRELACIÓN.
El orden de prelación establecido tendrá una vigencia de 2 (dos) años, según se dispone en los art. 45 y 46 del Reglamento.
15. OFRECIMIENTO DE DESTINO.
Homologada la lista de prelación, se ofrecerá el destino en virtud de las necesidades del servicio, debiendo los seleccionados manifestar su aceptación o rechazo en un plazo de 48 horas hábiles a partir de realizada la comunicación correspondiente en el correo electrónico
constituido en la inscripción.
En caso de no aceptar el destino propuesto, el concursante quedará anotado al final de la lista de prelación, y podrá recibir una segunda oportunidad de destino en caso de mantenerse las necesidades del servicio. La no aceptación del eventual segundo llamado, implicará la renuncia automática a la lista de prelación. La no manifestación expresa de aceptación o rechazo se interpretará como rechazo.
16. DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Los postulantes que no alcanzaren el puntaje mínimo para integrar la lista de prelación, tendrán el plazo de un año desde la fecha de la resolución de homologación del fallo del tribunal de concurso, para solicitar la devolución del pendrive presentado conteniendo el
currículum vitae y documentación acreditante.
Los postulantes que integren la lista de prelación y que no sean designados en el cargo dentro de la vigencia de la misma, podrán solicitar la devolución del pendrive presentado conteniendo currículum y documentación acreditante en el plazo de un año a contabilizar
desde el día siguiente al vencimiento de la lista de prelación.
La solicitud de devolución de documentación deberá realizarse en los plazos establecidos y por escrito al correo: concursos@fiscalia.gub.uy.
Período
Fecha de inicio: 14/10/2024
Fecha final: 01/11/2024
Descargas
- Resolución Nº 849/2024 (.pdf 85 KB)
- Bases del llamado (.pdf 130 KB)
- Anexo I Formulario de Inscripción (.pdf 37 KB)
- Anexo II Formato de currículum Vitae (.pdf 90 KB)
- Anexo II Formato de currículum vitae editable (.odt 46 KB)
- Anexo III Declaración Jurada (.pdf 74 KB)
- Resolución Nº 866/2024 (.pdf 79 KB)
- Lista de inscriptos rectificada (.pdf 166 KB)
- Comunicado N.º 1 (.pdf 32 KB)
- Comunicado N.º 2 (.pdf 27 KB)
- Comunicado Nº 3 (.pdf 30 KB)
- Comunicado N.º 4 (.pdf 100 KB)
- Comunicado N.º 5 (.pdf 29 KB)
- Designaciones (.pdf 8 KB)
- Comunicado N.º 6 (.pdf 74 KB)
- Comunicado N.º 7 (.pdf 83 KB)
- Comunicado N.º 8 (.pdf 59 KB)
- Comunicado N.º 9 (.pdf 59 KB)
- Resolución N.º 121/2025 (.pdf 1098 KB)
- Comunicado N.º 10 (.pdf 68 KB)
- Comunicado Nº 11 (.pdf 75 KB)
- Comunicado N.º 12 (.pdf 73 KB)
- Comunicado N.º 13 (.pdf 72 KB)
- Resolución 268/2025 (.pdf 10 KB)