Artigas

Dos condenados en dos casos vinculados a delitos sexuales

En uno de los casos el imputado fue condenado por violación y atentado violento al pudor a siete años y medio de penitenciaría. En el otro, el hombre fue condenado por prostitución forzada y privación de libertad a la pena de ocho años de penitenciaría.
imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de Artigas de 2º turno, integrada por la fiscal Sabrina Massaferro y la fiscal adscripta Fiorella Marzano, obtuvo la condena de dos hombres por dos hechos en los últimos días vinculados a delitos sexuales.

En el primero de los casos, se logró la condena mediante proceso abreviado, de A.E.A.S. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de violación y reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados, todos ellos cometidos en régimen de reiteración real a la pena de siete años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo, con descuento de la detención cumplida, de acuerdo a los arts. 1 a 3, 18, 46 numeral 13, 47 numeral 14, 50, 51, 53, 54, 60, 66 a 68, 80, 81, 85, 86, 105, 106, 272, 272 ter, 273 y 279 del Código Penal.

El ahora condenado mantuvo una relación afectiva con la madre de la víctima desde que la víctima tenía 1 año, conviviendo con núcleo familiar: la victima (de 19 años actualmente) y los hijos del condenado (de 15 y 13 años de edad).

A sus 12 años aproximadamente, la víctima vivió con su abuela materna por un año, mientras que el condenado y su madre vivieron en Montevideo. Al regresar, los tres niños quedaron a cargo del condenado.

A partir de ese momento, A. comenzó a abusar sexualmente de la víctima. Producto del abuso, a los 13 años, la adolescente queda embarazada, interrumpiendo el embarazo en su prestador de salud. A. logró someter a la adolescente, abusando del poder asimétrico que ejercía, en función de su rol de padrastro y proveedor económico de la familia, logrando que la víctima no develara el abuso, que se perpetró hasta el mes de junio del año 2020.

Del relato de la adolescente surge que A. no la dejaba tener amigos, salir de la casa, y la obligó a dejar sus estudios, lo cual fue corroborado por el equipo técnico del centro de estudios.

La Fiscalía contó con la siguiente evidencia, entre otras: informe del prestador de salud de la víctima, historia clínica de la victima, informe del centro de estudios de la víctima, informe médico-psiquiátrico y pericia psicológica, psiquiátrica y médico forense de la víctima.

El ahora condenado, en conocimiento de los hechos que se le atribuyen y los antecedentes de la carpeta de investigación de la Fiscalía, aceptó expresamente su contenido y manifestó su conformidad en la aplicación del proceso abreviado.

Se relevó la atenuante de la primariedad y admisión de los hechos por vía analógica (art. 46 numeral 13 del C.P.); como agravante genérica, el abuso de las relaciones domésticas, de acuerdo con el art. 47.14 del Código Penal; y como agravantes específicas las previstas en el artículo 279 literales A (encargado de la guarda de la víctima), C (ser la víctima menor de 18 años), D (grave daño en la salud mental de la victima), e I (continuidad en el tiempo de la conducta abusiva).

Se dispuso la suspensión del ejercicio de la patria potestad e inhabilitación para el ejercicio de funciones publicas y privadas de acuerdo a lo establecido en el art. 79 de la ley 19580; y la reparación patrimonial a la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado.

 

Por el otro caso, se logró la condena mediante juicio abreviado de M.A.O. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de prostitución forzada en reiteración real con un delito continuado de privación de libertad a la pena de ocho años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, con descuento de la privación de libertad cumplida, de acuerdo a lo establecido en los arts. 1, 18, 54, 58, 60, 280 Quater, 281 y 282 numerales 2 y 3 del Código Penal.

El ahora condenado, desde hace aproximadamente tres semanas, mediante amenazas ha obligado a la víctima a realizar actos de naturaleza sexual con diferentes hombres que le pagaban a este diferentes sumas de dinero. El mismo mantuvo a la víctima coaccionada abusando de que se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad, debido a su consumo problemático de estupefacientes.

El condenado invitaba a su domicilio a hombres para consumir sustancias y realizar actos sexuales con la víctima, quien durante esas semanas estuvo bajo los efectos continuos y permanentes de una sustancia que le suministraba el condenado. La víctima, no podía retirarse de la finca ya que O. la amenazaba y la encerraba al salir del lugar, privándola de su libertad personal.

De la investigación surge que el ahora condenado, acciona de esta manera desde hace más de una década, llevando diferentes mujeres jóvenes y adictas, abusando siempre de su consumo problemático. El mismo se acerca a mujeres en situación de calle, les ofrece vivienda y sustancias, y a cambio, ellas deben prostituirse siendo él quien recibe el dinero generado. En algunas ocasiones les suministra medicación psiquiátrica para calmarlas.

O. consigue los clientes y en algunas oportunidades las lleva a los domicilios de los mismos.

En este caso, la víctima logró salir de esta situación gracias a la ayuda de un testigo, quien le abrió el candado para que pudiera escapar.

La Fiscalía contó con los siguientes medios probatorios, entre otros: declaración de la víctima y testigos, acta de inspección, carpeta de Policía científica, planilla de antecedentes del imputado.

Se computó la atenuante de la confesión en vía analógica (art. 46 numeral 13 del Código Penal); la agravante genérica del artículo 47 numeral 6 del Código Penal (abuso de la fuerza), y las agravantes especificas previstas en el artículo 282  literales 2 y 3 (cometer el delito con amenazas y para utilizar coercitivamente los servicios de la víctima).

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