Anuario Estadístico Nacional 2023. Volumen N° 100

Definiciones 3.1

Sub Capítulo 3.1

Investigación, Educación Científica y Tecnológica

A continuación presentamos algunas consideraciones a tener en cuenta para comprender mejor los cuadros presentados en este sub-capítulo.

Según el  “Panorama de la Educación 2015” del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) el sistema educativo uruguayo está organizado en niveles:

  1. Educación inicial
  2. Educación primaria
  3. Educación media básica
  4. Educación media superior
  5. Educación terciaria

Educación inicial (Nivel 0): tiene como cometido estimular el desarrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los niños y niñas de 3, 4 y 5 años ([1]). Tiene el carácter de obligatoria para los niños de 4 y 5 años de edad.

Educación primaria (Nivel 1): se encuentra organizada en dos modalidades de educación (común y especial; esta segunda está dirigida a niños con discapacidades y se organiza en consideración a la especificidad de su condición) ([2]) y atiende a niños a partir de los 6 años de edad, conformando, para la modalidad común, un ciclo de 6 grados.

Educación media (Niveles 2 y 3): la educación media se organiza en dos niveles.

  • Educación Media Básica (Nivel 2): este ciclo prioriza el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos y promueve el dominio teórico-práctico de disciplinas artísticas, humanísticas, biológicas, científicas y tecnológicas (entre otras). Se imparte tanto a nivel de Enseñanza General (Educación Media Básica General, en el CES) como de Enseñanza Vocacional (Educación Media Básica Tecnológica, en el CETP) y también comprende al programa conocido como Ciclo Básico Rural que contiene 7mo., 8vo. y no. grado (dependiente del CES y que se imparte en establecimientos del interior rural del país del CEIP). Como ciclo se extiende entre el 1ero. y 3er. año de Educación Media y atiende a la población estudiantil egresada de primaria.
  • Educación Media Superior (Nivel 3): este nivel tiene un mayor grado de orientación o especialización, y se imparte en dos modalidades de enseñanza:
    • Educación general: permite la continuidad a la educación terciaria (bachilleratos generales). Como ciclo se extiende entre el 4to y 6to año de Educación Media General, constituye una continuación de la Educación Media Básica.
    • Educación vocacional: permite la continuidad a la educación terciaria y la inserción laboral (bachilleratos tecnológicos, educación media profesional, educación media tecnológica y cursos de articulación entre niveles) ([3]. Como ciclo se extiende entre el 1er y 3er año de Educación Media Superior Tecnológica, para jóvenes de 15 y más años de edad y constituye una continuación de la Educación Media Básica.
  • Educación técnico-profesional orientada a la inserción laboral: fundamentalmente orientada a la inserción laboral, tiene el propósito de formar técnicos medios y superiores para el desempeño calificado de profesiones. Incluye cursos técnicos básicos y superiores;  requiere de por lo menos 15 años de edad y constituye una continuación de la Educación Primaria. Clásicamente estas ofertas no permiten la continuidad educativa, pero se pueden presentar en conjunto con ofertas técnicas con continuidad educativa.

Educación terciaria (Nivel 5-8): en este nivel existe una importante diversidad de ofertas educativas provenientes de diferentes institutos, escuelas y centros, tanto públicos como privados. La Educación Terciaria se organiza en tres niveles diferentes:

  • Educación terciaria no universitaria: este nivel y modalidad tiene por objeto profundizar y ampliar la formación en alguna rama del conocimiento ([4]). Incluye, en materia de oferta pública, los cursos y carreras terciarias no universitarias del Consejo de Educación Técnico Profesional (CETP) de ANEP, de las Escuelas Militar, Militar de Aeronáutica y Naval (todas dependientes del Ministerio de Defensa), de la Escuela Nacional de Policía (dependiente del Ministerio del Interior) y de la Escuela Municipal de Arte Dramático (dependiente de la Intendencia Municipal de Montevideo). Las instituciones de tipo no universitario en el sector privado son los llamados Institutos de Enseñanza Terciaria no Universitaria, los que solicitan al MEC el reconocimiento del nivel académico adecuado de la enseñanza impartida y de los títulos expedidos por ellos, según pautas de valoración generalmente aceptadas en el ámbito nacional e internacional ([5]).
  • Formación en educación: este nivel y modalidad tiene por objeto la formación de maestros, maestros técnicos, profesores, profesores de educación física y educadores sociales, así como de otras formaciones que el sistema social requiera, como enseñanza terciaria universitaria ([6]). Incluye, en materia de oferta pública, los cursos y carreras terciarias de formación en educación (IFD, CERP, IPA, INET e IINN) dependientes del Consejo de Formación en Educación (CFE) de ANEP.
  • Educación terciaria universitaria: la educación terciaria universitaria se encuentra dirigida a la formación en producción y reproducción de conocimiento en sus niveles superiores, integrando los procesos de enseñanza, investigación y extensión. Conduce a la obtención de títulos de grado (CINE 6) y postgrado (CINE 7 y 8) (especialización, diplomas, maestrías o doctorados). En la órbita pública, las instituciones que ofrecen cursos de nivel terciario universitario son la Universidad de la República (UdelaR) y la Universidad Tecnológica (UTEC).

Según el Sistema de Información para la Infancia (SIPI) del INAU, prestan atención a niños, niñas y adolescentes a través de diversos servicios y modalidades. A continuación se presenta una breve explicación de los mismos:

Modalidad de atención:

 

1): Atención integral 24 horas:

Son servicios que brindan atención integral las 24 horas del día en el entorno institucional, a niños, niñas y adolescentes cuya problemática individual, familiar y social no hace posible la permanencia en su

Medio natural de convivencia. Se incluyen servicios que atienden adolescentes en conflicto con la ley.

2): Alternativa familiar:

Son servicios que brindan atención integral durante las 24 horas del día, en un entorno familiar a niños, niñas y adolescentes cuya problemática familiar y social no hace posible la permanencia en su núcleo natural de convivencia. Se agrega la categoría convenios a los proyectos con contrato con INAU.

3): Centro de atención integral de tiempo parcial:

Son servicios que brindan cuidados y atención diurna a niños, niñas y adolescentes desde los 3 meses a 18 años.

 

4): Programa de medidas alternativas a la internación:

Son servicios que brindan una atención alternativa de no internación a adolescentes infractores a la ley penal.

5): Atención a la comunidad:

Son servicios prestados en la propia comunidad (Centro de estudio y derivación, proceso de egreso y habilitaciones laborales, Casamigas, Centros de Protección de Derechos, Regionales).

[1] Artículo 24, Ley General de Educación Nº 18.437. Ministerio de Educación y Cultura, Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, Montevideo, 2009. Página 16.

[2] La Educación Especial se desarrolla mayoritariamente en establecimientos de educación especial y en grupos especiales en establecimientos comunes, atendiendo a la especificidad de la discapacidad de cada niño y a la pertinencia pedagógica de su no integración en grupos comunes Los niños con discapacidades que no suponen un impedimento o complejidad especial, se encuentran indiferenciadamente integrados con los niños que no tienen discapacidades.

[3] La educación técnico-vocacional, en sus ofertas de nivel medio superior del CETP (UTU), cuenta con los siguientes tipos de curso: Bachillerato Figari, Bachillerato Profesional, Educación Media Profesional, EMP Especialización, Educación Media Tecnológica y Curso de Articulación entre Niveles.

[4] Artículo 29, Ley General de Educación Nº 18.437. Ministerio de Educación y Cultura, Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, Montevideo, 2009 Página 16.

[5] La educación terciaria privada se rige por lo establecido en el Decreto-Ley Nº 15.661, de 29 de octubre de 1984, y sus decretos reglamentarios Artículo 82, Ley General de Educación Nº 18.437, Ministerio de Educación y Cultura, Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, Montevideo, 2009. Página 33

[6] Artículo 31, Ley General de Educación Nº 18.437. Ministerio de Educación y Cultura, Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, Montevideo, 2009. Página 17.

 

 

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