Preguntas frecuentes
¿Quién realiza el censo general agropecuario?
La Ley 19.924 del 18/12/2020, Autoriza al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a realizar el Censo General Agropecuario.
¿Qué Modalidades tiene este censo agropecuario?
- Presencial en alguno de los centros de entrega de vacunas antiaftosa por funcionarios del MGAP.
- Web: censoagro.gub.uy
- Telefónica: Teléfono 0800 1908, con censistas habilitados por el INE y MGAP
¿Cuál es la información que hay que completar en el cuestionario?
Características generales la explotación agropecuaria.
usos de la tierra y las actividades de la explotación
utilización del resto de las tierras
preguntas destinadas a la producción animal,
preguntas destinadas al productor,
preguntas destinadas a la población que integra la explotación,
preguntas destinadas la mano de obra
preguntas destinadas la asistencia técnica, entre otras.
¿De qué manera se completa por web?
Se debe ingresar en el link censoagro.gub.uy y allí completar datos básicos del informante y la explotación agropecuaria a censar.
Nombre, apellido, ci del informante, numero de celular, y uno de los padrones de la explotación agropecuaria. Una vez completados los campos se genera el código de acceso que será enviado a través de un sms al número de celular ingresado.
Con este código y link que le llega por sms se accede al cuestionario. Se responden las preguntas y se envía el mismo.
¿Quiénes deben responder el CGA?
TODOS LOS PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS DE PADRONES RURALES.
Los productores agropecuarios cuya extensión de tierra sea igual o mayor a una hectárea sin importar la condición de tenencia de las tierras (propietario, arrendatario, colono, pastoreante, medianero, etc) y que haya tenido actividad agropecuaria durante al menos una parte del año censal 2023-2024, independientemente de si lo hizo con fines comerciales o no.
No deben responder quienes ya hayan respondido al CGA en el año 2022.
¿Cuándo comienza el CGA?
El censo general agropecuario comienza el14/03/2024
¿Qué se necesita para responder al CGA si se tiene explotación agropecuaria?
Números de los padrones por los que se informa
Número de RUT o Cédula de Identidad del informante
Números de DICOSE / DICOSE AVICOLA
Registro del Instituto Nacional de Vitivinicultura
Registro Nacional Fruti-Hortícola
Información de las personas que viven en la explotación agropecuaria
¿Hay censista visitando los predios rurales?
No.
En la fase de entrega de vacunas anti aftosa se dispusieron 100 censistas distribuidos en diversos puntos de entrega de vacunas
Estos censistas fueron funcionarios del MGAP que realizaban el censo presencial o tomaban los contactos para realizar la entrevista en otro momento de manera telefónica.
¿Dónde pueden los productores llamar por consultas o para solicitar que los censen de forma telefónica?
0800 1908 de lunes a domingos en el horario de 8 a 20hs.
¿Cuál es el universo a censar?
El universo estimado de productores es del orden de 50.000 explotaciones agropecuarias (15 millones de hectáreas, en el orden de 300mil padrones) de las cuales ya han sido relevadas 11.000 (algo menos de 6 millones de hectáreas, 50mil padrones aproximadamente) en la primera fase realizada en el año 2022. Estas explotaciones que ya hayan respondido al censo en dicha oportunidad no deben volver a hacerlo ahora.
¿Para qué es importante este censo?
El censo se realiza con el fin de actualizar la información del sector agropecuario de nuestro país. Esa información resulta imprescindible para apreciar la evolución del sector y para tomar decisiones vinculadas al mismo, tanto en el ámbito público como en el privado.
Ante cualquier situación sanitaria, climática, etc. tener conocimiento de la realidad agropecuaria permite tomar decisiones apropiadas, con bases científicas.
Los censos además permiten actualizar las bases muestrales de cada rubro para realizar entre cada censo el seguimiento de las distintas actividades productivas.
¿Cuánto dura la entrevista?
Se estima que la entrevista tiene una duración promedio de 20 minutos.
¿Es obligatorio responder?
Si.
La Ley 16.616 en el art. 14, se establece que todas las personas físicas o jurídicas, las personas públicas no estatales y los organismos públicos están obligados a aportar los datos que les sean requeridos, con fines estadísticos, por los integrantes del Sistema Estadístico Nacional y dentro del plazo que se les fije.
¿Se puede multar si no se responde?
Si.
Si bien no es la intención aplicar multas, la Ley 16.616 en su art. 24, indica que las infracciones estadísticas serán sancionadas con multa. El monto de la multa se determinará por el Instituto Nacional de Estadística, entre un mínimo de 20 UR (veinte unidades reajustables) y un máximo de 50 UR (cincuenta unidades reajustables), por resolución fundada.
El pago de la multa no inhibe la respuesta al cuestionario.
¿Los datos están protegidos?
Si.
La Ley 16.616 en art. 16 establece que los datos individuales aportados con fines estadísticos no pueden ser utilizados con otros fines, ni aún mediando solicitud expresa del informante.
El articulo 17, establece que están amparados por el secreto estadístico los datos individuales proporcionados a los organismos del Sistema Estadístico Nacional por las fuentes de información. La obligación de guardar el secreto estadístico alcanza tanto a los organismos como a sus funcionarios, así como a terceras personas que tomen conocimiento de los datos relevados al amparo del secreto estadístico.
¿Quién es el censista?
Es la persona habilitada, identificada y capacitada para contactar a los informantes calificados de cada explotación agropecuaria del país, para facilitar (presencial o telefónicamente) completar el cuestionario censal.
¿Qué sucede si no puedo responder el censo agropecuario durante la entrega de vacunas anti aftosa?
Si usted por alguna razón, no puedo responder el censo durante la espera de entrega de vacunas anti aftosa, informe al censista en el punto censal de la situación y proporcione la información de contacto para ser entrevistado telefónicamente. Es muy importante que no abandone el recinto sin haber entregado la información y que el censista tenga sus datos ingresados correctamente.
¿Hay un número telefónico para llamar?
Si.
El 0800 1908 está habilitado de lunes a domingo de 8 a 20 horas y es gratuito