Ley N° 18.362 Art. 393 de fecha 06/10/2008 Aprobación de rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal. Ejercicio 2007

Artículo 393: Los miembros de la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR - Doctor Alberto Gallinal Heber), durarán cinco años en sus funciones. Amplíase el marco de actuación de MEVIR - Doctor Alberto Gallinal Heber a la zona rural del departamento de Montevideo en la modalidad de unidades productivas.

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