Mecanismo especial de residencia permanente por arraigo

El Poder Ejecutivo aprobó, el pasado 8 de octubre, un decreto que establece un mecanismo específico de acceso a la residencia permanente por arraigo para personas extranjeras que hayan ingresado a Uruguay antes del 1.º de enero de 2026 y que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones: sean solicitantes de refugio y manifiesten expresamente su voluntad de renunciar a dicha solicitud para acogerse a este régimen, o hayan recibido una denegatoria de su solicitud de refugio mediante resolución firme, tras el debido análisis de esta por parte de la Comisión de Refugiados.
La nueva normativa tiene como antecedente el Decreto N° 138/024, de 15 de mayo de 2024, que reglamentó la Ley N° 18.250, de 6 de enero de 2008, mediante el cual se creó el Programa de Residencia por Arraigo.
La medida reafirma el compromiso de Uruguay con una política migratoria orientada a una migración segura, ordenada y regular con enfoque de derechos, brindando respuestas adecuadas a las distintas situaciones migratorias y promoviendo la protección y la integración de las personas, en beneficio de toda la sociedad.
En el proceso de elaboración, la Dirección Nacional de Migración presentó la propuesta ante la Junta Nacional de Migración y ante la Comisión de Refugiados, para su análisis y discusión, antes de elevarla al Poder Ejecutivo. Esta instancia permitió recoger los aportes de los organismos públicos y de la sociedad civil que integran este ámbito de coordinación y asesoramiento.
La nueva normativa establece los requisitos y las condiciones de acceso al mecanismo, contemplando situaciones específicas y circunstancias excepcionales. Asimismo, procura compatibilizar las vías de regularización migratoria con las garantías jurídicas y los compromisos internacionales asumidos por Uruguay.
Asimismo, se fundamenta en los instrumentos internacionales de derechos humanos que el Estado uruguayo se ha comprometido a respetar, particularmente en lo relativo al derecho al asilo y a la protección de las personas migrantes, incluido el acceso a vías de regularización de su situación migratoria.
La implementación del mecanismo estará a cargo de la Dirección Nacional de Migración, en articulación con otros organismos competentes.
Con esta medida, Uruguay continúa avanzando hacia una gestión migratoria integral, coordinada y centrada en las personas, fortaleciendo la capacidad de respuesta del Estado ante los desafíos actuales de la movilidad humana.
Ministerio de Relaciones Exteriores

