Comunicado de prensa N° 48/21

Votaciones en el Consejo de Derechos Humanos

Votaciones en el Consejo de Derechos Humanos

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En relación a la reciente sesión del Consejo de Derechos Humanos, que tuvo lugar en Ginebra entre los días 22 de febrero y 23 de marzo de presente año, la Cancillería recuerda que las posiciones de nuestro país en los temas vinculados con los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados se  fundamentan en los principios rectores de la política exterior de nuestro país, en particular, en el respeto estricto del derecho internacional y el firme compromiso con la protección de los derechos humanos.  

El Consejo de Derechos Humanos es el principal órgano de las Naciones Unidas dedicado a la protección y promoción de los derechos humanos y está integrado por 47 países elegidos por la Asamblea General.  Uruguay es actualmente miembro de dicho órgano.

Las resoluciones en cuestión son adoptadas anualmente y se refieren a aspectos específicos derivados del conflicto árabe-israelí en el Medio Oriente, relacionados con la vigencia de los derechos humanos y la aplicación del derecho internacional en los territorios palestinos ocupados por Israel, incluyendo las responsabilidades que le incumben a este país en aplicación de las normas del derecho internacional humanitario y en particular de la Cuarta Convención de Ginebra de 1949, de la cual Israel es estado parte.  Las referencias a las distintas violaciones y restricciones a los derechos fundamentales mencionadas en dichos textos provienen de numerosos informes presentados por distintos órganos y mecanismos del sistema de Naciones Unidas durante décadas, entre ellos los de diversos relatores especiales, misiones especiales, misiones de determinación de hechos, informes de la Alta Comisionada de las NNUU para los Derechos Humanos y el propio Secretario General de las NNUU. 

En el caso de la resolución sobre los asentamientos israelíes en territorios palestinos ocupados, la fundamentación toma en cuenta resoluciones previas del Consejo de Seguridad y de otros órganos de las Naciones Unidas y convenciones internacionales, de las que en su gran mayoría Israel forma parte, que establecen la ilegalidad de la adquisición de territorios mediante el uso de la fuerza y el cambio en la demografía de los territorios ocupados.  Esta resolución fue adoptada por una amplia mayoría de 36 votos a favor, 3 en contra y 8 abstenciones. Uruguay la votó favorablemente junto a Alemania, Francia, Italia, Armenia, China, México, Holanda, Rusia, Italia, Dinamarca, Argentina, Japón, India e Indonesia, entre otros.

Para Uruguay, la aplicación y el respeto de las normas del derecho internacional no solo constituyen un principio histórico de su política exterior, sino que representan una garantía para la convivencia pacífica y el mantenimiento de relaciones internacionales armónicas entre los estados.

En relación con la nueva resolución adoptada en esta sesión del Consejo, titulada “Situación de los Derechos Humanos en los Territorios Palestinos Ocupados, incluida Jerusalén Este, y la obligación de asegurar rendición de cuentas y justicia”, ella es resultado de la fusión de dos resoluciones presentadas hasta el año pasado en forma separada.

Esta fusión ha permitido reducir el número de resoluciones en torno al tema, lo que constituye una de las reivindicaciones históricas de Israel, que Uruguay apoya. La resolución fue presentada bajo el ítem 2 de la agenda del Consejo, de alcance general, en lugar del ítem 7, dedicado exclusivamente a la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados, siendo este también uno de los reclamos históricos de Israel, al considerar dicho ítem como discriminatorio contra su país. 

En suma, la fusión realizada y la presentación del nuevo texto bajo otro ítem de la agenda, representan sin duda un claro avance al aportar un mayor equilibrio a la consideración de estos temas, lo que contó con el apoyo mayoritario de los miembros del Consejo, entre ellos: Alemania, Francia, Italia, Argentina, China, Dinamarca, Holanda, Armenia, Indonesia, México, Corea del Sur y Rusia. En atención a estos motivos, Uruguay decidió también acompañar esta resolución.

Asimismo, el Consejo adoptó otras dos resoluciones: 

-           La resolución sobre la libre determinación del pueblo palestino, centrada en un principio fundamental de la Carta de las Naciones Unidas, que fue adoptada por 43 votos a favor, incluido el de Uruguay, reflejando un amplio apoyo de la comunidad internacional. La aplicación de este principio es condición para la viabilidad de la solución de los dos estados para resolver el conflicto del Medio Oriente. 

-           La resolución sobre los derechos humanos en el Golán sirio ocupado, la cual fue adoptada por una mayoría de 26 votos, pero con la abstención de Uruguay, en la medida en que el texto trata de los derechos de la población siria en esos territorios, sin hacer mención alguna a que el principal violador de los derechos de los sirios es el gobierno de dicho país, en todo su territorio. 

Es del caso recordar que la Cancillería ha realizado un exhaustivo análisis del conjunto de las resoluciones presentadas en los diversos organismos de las Naciones Unidas sobre estas cuestiones, habiendo decidido el actual gobierno el cambio de posición respecto a un número importante de ellas, en favor de un trato no discriminatorio y más equilibrado, así como evitar la proliferación de este tipo de proyectos a nivel internacional.

La Cancillería reitera una vez más su llamado a todos los actores del conflicto a respetar estrictamente las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. En consonancia con ello, Uruguay rechaza todo acto de violencia y las acciones de los grupos terroristas.  Es inaceptable que la población civil de ambas partes sea puesta en peligro y privada de sus derechos más elementales. 

Finalmente, Uruguay alienta nuevamente a las partes a reanudar las negociaciones y a avanzar conjuntamente en el camino de la paz, a través de un diálogo constructivo y sincero, que conduzca hacia una solución del conflicto basada en la existencia y en la convivencia de dos Estados dotados de iguales e irrenunciables derechos, como lo es el derecho a vivir en paz y en seguridad dentro de fronteras internacionalmente reconocidas.

Dirección de Prensa

Ministerio de Relaciones Exteriores

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