Ministerio de Relaciones Exteriores

¿Qué puede hacer un Consulado por usted?

Breve explicación sobre lo que una oficina consular puede hacer por usted y lo que no puede hacer.

Servicios consulares prestados por la Sección Consular de la Embajada de Uruguay en Berlín:

Documentación de identidad y viajes, Nacionales uruguayos

  • Renovación de cédulas de identidad y pasaportes comunes.
  • Expedición de pasaporte común por primera vez.
  • Expedición de pasaporte común de emergencia (Sólo en situaciones de probada emergencia y sujeto a la autorización de las autoridades correspondientes en Uruguay).
  • Salvoconducto (válido por un solo viaje de regreso directo a la República).

Autorizaciones para menores

  • Permiso de menor para viajar al exterior.
  • Permiso de menor para residir en Uruguay.
  • Permiso de menor para expedir o renovar pasaporte común uruguayo.

Poderes y autorizaciones

  • Carta Poder para el Banco de Previsión Social (BPS).
  • Carta Poder para reintegro de AFAP.
  • Poder general o Poder especial.
  • Autorizar actos que pueden ser realizados por escribanos públicos.

Registros y certificados

  • Inscripción de nacimientos ante el Registro Civil de Uruguay (sólo a personas nacidas en Berlín).
  • Testimonio de partidas de nacimiento, matrimonio o defunción.
  • Certificado de antecedentes judiciales de Uruguay (antecedentes penales en Uruguay).
  • Certificado de existencia para el cobro de jubilaciones en Uruguay.

Trámites con organismos uruguayos

  • Solicitud de alta de usuario personal BPS.
  • Retorno definitivo a la República/regreso a la República. Ingreso de enseres libre de tributos para de extranjeros.
  • Tramite de visados para extranjeros.

Asistencia y protección consular

  • Tramite de autorización para el traslado e ingreso a Uruguay de cenizas o de restos mortales.
  • Asistencia a personas accidentadas.
  • Información y asesoramiento a familiares en casos de accidentes, fallecimientos o catástrofes.
  • Interés por ciudadanos uruguayos detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmisión de mensajes a sus familiares.
  • Protección de menores o personas incapaces, especialmente en lo relativo a tutelas o curatelas.
  • Verificación de que los ciudadanos sujetos a juicio cuenten con defensa adecuada y se respete el debido proceso.
  • Solicitud del paradero de personas ante autoridades locales.
  • Atención de cuestiones sucesorias de ciudadanos uruguayos fallecidos en el exterior.
  • Contacto con familiares para informar sobre situaciones y necesidades.
  • Orientación en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, entre otras.

¿Qué NO puede hacer un Consulado por usted?

Los consulados uruguayos tienen funciones específicas de asistencia y protección consular. Sin embargo, no están facultados para realizar las siguientes gestiones:

  • Realizar trámites relacionados con visados emitidos por Alemania u otros países de la Unión Europea.
  • Brindar información sobre requisitos consulares dispuestos por las autoridades alemanas, otros países de la Unión Europea, o por la propia Unión Europea.
  • Solicitar la emisión, extensión o modificación de visados para ingresar o permanecer en Alemania o la Unión Europea.
  • Solicitar prórrogas o ampliaciones de estadía como turista.
  • Intervenir como parte en procesos judiciales ni evitar que una persona sea enviada a prisión.
  • Proporcionar asesoramiento legal ni actuar en su nombre ante tribunales.
  • Gestionar trato preferencial en hospitales, prisiones u otras instituciones del país de residencia.
  • Realizar funciones propias de agencias de viajes, aerolíneas, bancos, de empleos u otras empresas privadas.
  • Proporcionar pasajes o recursos económicos para regresar a Uruguay o continuar su viaje, salvo en casos excepcionales de repatriación humanitaria, que deberán estar debidamente documentados, siguiendo procedimiento correspondiente y con autorización previa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Hacerse cargo del pago de cuentas personales (alojamiento, asistencia médica, legal, etc.).
  • Gestionar alojamiento, empleo, residencia o permisos laborales, ni constituirse en garante o fiador.
  • Regularizar su situación migratoria ante las autoridades locales.

Mayor información al respecto:

https://www.gub.uy/ministerio-relaciones-exteriores/tramites-y-servicio…