Elecciones

Justificación de No Voto Elecciones Nacionales 2024

Información relativa a la justificación del incumplimiento de la obligación de votar de las personas que se encuentran fuera de Uruguay, de acuerdo a la Resolución de la Corte Electoral de fecha 27 de octubre de 1989.
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Ante las próximas elecciones nacionales en la República, las personas que no pudiesen cumplir con la obligación de votar por hallarse fuera del país, podrán justificar el No Voto de las siguientes formas:

  • Comparecer ante la oficina consular más próxima al lugar de residencia, a los efectos de obtener el certificado o acta de ausentismo, dentro de los 20 días anteriores y 20 días posteriores a las elecciones.
  • Presentar ante la Corte Electoral pasaporte o copia autenticada del mismo a fin de exhibir sellos de salida y entrada de Uruguay, dando constancia de no estar en el país en la fecha del acto electoral.
  • Exhibir ante la Corte Electoral el Certificado de Movimientos Migratorios obtenidos en la Dirección Nacional de Migración.
  • Los funcionarios públicos que se encontraren fuera del país el día de la elección, en cumplimiento de misiones oficiales, podrán justificar ese hecho mediante certificado que les expida el organismo al que pertenezcan, donde conste tal circunstancia, o por comunicación que remita el organismo directamente a la Corte Electoral.

Todas las anteriores formas de justificación del No Voto requieren que se presente ante la Corte Electoral dentro de los 30 días posteriores a su regreso a Uruguay, para justificar el ausentismo.

El procedimiento para la emisión del certificado o acta de ausentismo que realiza el Consulado, es el siguiente:

Si reside en Bogotá:

Remitir un correo electrónico para coordinar su asistencia ante la Oficina Consular, presentando los siguientes documentos:

  • Cédula de Identidad uruguaya o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado.
  • Credencial cívica.
  • Visa colombiana o cédula de extranjería, vigente y en buen estado.

Si reside en otras ciudades de Colombia o presenta otros motivos de impedimento para asistir personalmente:

Enviar un correo electrónico al Consulado, adjuntando copia legible de los siguientes documentos:

  • Documento que demuestre y/o justifique el impedimento de la presentación ante el Consulado.
  • Cédula de Identidad uruguaya (ambas caras) o página principal de pasaporte, vigente y en buen estado.
  • Credencial cívica.
  • Visa colombiana o cédula de extranjería, vigente y en buen estado.

Se señala que, aquellas personas que no cuenten con credencial cívica y que estén en conocimiento de que ya no se encuentran inscriptas en el padrón electoral, no tendrán que justificar su No comparecencia a votar.