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Justificación de No Voto Elecciones Departamentales y Municipales 2025

Ante las próximas elecciones Departamentales y Municipales de 2025, que tendrán lugar el 11 de mayo del presente, la Corte Electoral ha establecido dos mecanismos por los cuales se podrá justificar el no voto por hallarse fuera del país el día de los comicios.
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Para las elecciones Departamentales y Municipales de 2025, las personas que no pudiesen cumplir con la obligación de votar por hallarse fuera del país, podrán justificar el No Voto de las siguientes formas:

1. Las personas que se hallaren fuera del territorio nacional: Podrán justificar su No voto a través de la presentación de cualquier prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como:

  • Certificado de Movimientos Migratorios expedido por la Dirección Nacional de Migración;
  • Pasaporte con sellos de salida e ingreso a Uruguay;
  • Pasajes que acrediten dichos extremos;
  • Constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza.

El plazo para realizar la justificación por esta causal será de 30 días a partir del ingreso al territorio nacional.

2. Residentes en el exterior: Los compatriotas que residan en el exterior deberán concurrir al Consulado más próximo a su residencia dentro de los 20 anteriores y 20 posteriores a la elección, a efectos de solicitar su Acta de ausentismo, la cual no tiene costo.

 

El procedimiento para la emisión de la Acta de ausentismo que realiza el Consulado, es el siguiente:

 

Si reside en Bogotá: Deberá remitir un correo electrónico al Consulado para coordinar su asistencia, adjuntando copia legible de los siguientes documentos. Asimismo, el día del agendamiento deberá presentarlos en físico.

  • Cédula de Identidad uruguaya o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado.

  • Credencial cívica (Física o copia legible).

  • Visa colombiana o cédula de extranjería, vigente y en buen estado.

Si reside en otras ciudades de Colombia o presenta motivos de impedimento para presentarse personalmente: Deberá enviar un correo electrónico al Consulado, adjuntando copia legible de los siguientes documentos:

  • Documento que demuestre y/o justifique el impedimento de su presentación ante el Consulado (pudiendo ser nota debidamente firmada).

  • Cédula de Identidad uruguaya (ambas caras) o página principal de pasaporte, el documento deberá estar vigente y en buen estado.

  • Credencial cívica.

  • Visa colombiana o cédula de extranjería, vigente y en buen estado.

 

Se señala que, aquellas personas no cuenten con Credencial Cívica y que estén en conocimiento de que ya no se encuentran inscriptas en el padrón electoral no tendrán que justificar su No comparecencia a votar.

La fecha límite de emisión de Actas por parte del Consulado es hasta el próximo 30 de mayo de 2025.

Una vez expedida el Acta de ausentismo electoral por parte del Consulado, deberá ingresar dicho documento a través del sitio web de la Corte Electoral. El plazo establecido para realizar justificaciones de No voto a través del sitio web será desde el día 13 de mayo al 12 de junio de 2025.