Competencias de la Dirección de Protocolo y Ceremonial de Estado

Marco normativo y actividades desarrolladas

Patio de la Fuente del Palacio Santos. Mirando a 18 de Julio

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

 

Decreto Nº 27/996 de 6/02/1996

Artículo 3.-   El Ministerio de Relaciones Exteriores tiene como cometidos:

                   …        

                   x) Establecer y ejecutar el protocolo y ceremonial del Estado;

 

Artículo 18.- A la Dirección de Protocolo y Ceremonial del Estado compete organizar y ejecutar los actos, ceremonias y eventos de carácter internacional de la Presidencia de la República y del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el otorgamiento y la regulación de las inmunidades y privilegios diplomáticos en la República.

 

 

El Protocolo de Estado y los eventos diplomáticos

La Dirección de Protocolo y Ceremonial de Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores es responsable de:

  1. El ceremonial de la República;
  2. La gestión logística y presupuestal de las visitas de Estado oficiales y de trabajo, así como las conferencias internacionales organizadas por Cancillería;
  3. La aplicación de las Convenciones de Viena sobre las relaciones diplomáticas y consulares de 1961 y 1963;
  4. Las propuestas de nominación a la Medalla de la República.

La función del Director de Protocolo y Ceremonial de Estado es confiada a un diplomático, quien recibe rango de Embajador.

 

Protocolo del Presidente de la República y del Ministro de Relaciones Exteriores

El protocolo garantiza la preparación, la organización y el buen desarrollo de distintas actividades:

  • Las ceremonias oficiales y la ubicación de personalidades extranjeras invitadas respetando la precedencia;
  • Los desplazamientos al extranjero del Presidente de la República y del Ministro de Relaciones Exteriores;
  • Las visitas de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno extranjeros a la República;
  • Las conferencias y cumbres internacionales organizadas en la República Oriental del Uruguay en los que el protocolo de Estado esté involucrado

 

Todas esas misiones son el núcleo del trabajo protocolar y contribuyen a la influencia y buen desarrollo de los intercambios internacionales.

 

Las precedencias y ceremonias públicas

El Protocolo es responsable de las cuestiones de precedencias de personalidades extranjeras en las ceremonias oficiales, como la Fiesta Nacional del 25 de Agosto, sobre la base del Decreto 435/007 del 30 de noviembre del 2007, relativo a las ceremonias públicas, precedencias, honores civiles y militares. Protocolo administra las invitaciones, el ingreso y el recibimiento de los cuerpos diplomáticos y de las altas personalidades extranjeras invitadas a esas ceremonias.

 

 La organización de los viajes del Presidente de la República y del Canciller

El Director de Protocolo y Ceremonial de Estado es el encargado del protocolo de la agenda internacional del Presidente de la República y del Canciller.

 

La organización de las visitas a la República de Jefes y Jefas de Estado y de gobiernos extranjeros
 

La Dirección de Protocolo y Ceremonial de Estado es responsable de la organización de las visitas a la República Oriental del Uruguay de los Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno extranjeros. Se distinguen cuatro tipos de visitas:
- Las visitas de Estado
- Las visitas oficiales (Visitas Oficiales)
- Las visitas de trabajo
- Las visitas privadas

Del grado de clasificación depende el programa, la organización y los medios dispuestos para la visita, así como el tipo de honores que serán rendidos al visitante extranjero.

 

La preparación de cumbres y conferencias internacionales

La organización de una conferencia internacional de alto nivel moviliza un gran número de servicios del Estado. Entre ellos, Protocolo, que posee una experiencia de larga data en la materia y cuya misión consiste principalmente en gestionar y dar la bienvenida a las delegaciones extranjeras invitadas (Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno o similares, y Ministros de Relaciones Exteriores). Protocolo es también el interlocutor con las embajadas de los países invitados y sus avanzadas.

 

Las cartas credenciales

Protocolo coordina los procesos de acreditación de embajadoras y embajadores extranjeros. Recibe y organiza, con la Secretaría Privada del Presidente de la República, las ceremonias de presentación de cartas credenciales. Establece igualmente las cartas credenciales de embajadores y embajadoras nacionales antes de su partida en funciones al exterior.

 

Diplomáticos extranjeros en Uruguay: privilegios e inmunidades diplomáticas y consulares

El Derecho Internacional consuetudinario prevé los privilegios y las inmunidades de los agentes diplomáticos y consulares. Con el objetivo de permitirles llevar a cabo su misión en el seno del Estado anfitrión libres de cualquier restricción (de naturaleza jurídica, policial o fiscal), en su calidad de enviados oficiales de un Estado soberano.

Estos usos han sido codificados en la Convención de Viena sobre las relaciones diplomáticas del 18 de abril de 1961 y la Convención de Viena sobre las relaciones consulares del 24 de abril de 1963. Esas convenciones subrayan en el preámbulo que el objetivo de los privilegios e inmunidades no son para dar ventaja a los individuos, sino para asegurar el efectivo cumplimiento de las funciones de las misiones diplomáticas como representantes de los Estados. Estos especifican que todas las personas que se benefician de los privilegios e inmunidades deben respetar las leyes y reglamentos del Estado anfitrión.

Los organismos internacionales con sede u oficina en la República Oriental del Uruguay y las delegaciones y representaciones permanentes se benefician igualmente de sus propios estatus de privilegio, según el acuerdo de sede con Uruguay.

 

Las distinciones honoríficas

La Ley Nº 16300 del 28 de agosto de 1992 establece la autorización para acuñar la Medalla de la República cuya entrega se reglamenta por el Decreto 132/993 del 16 de marzo de 1993.