Información

Sobre los Controles Aeroportuarios al ingreso al Uruguay

Descripción general

CONTROLES AEROPORTUARIOS:

 

Controles migratorios

Toda persona que ingrese o egrese del territorio nacional deberá realizar el correspondiente trámite migratorio de entrada o de salida.

El presente control no admite ningún tipo de excepciones.

 

Controles aduaneros

Sólo están exceptuados de los controles aduaneros:

  1. los Jefes de Estado y de Gobierno en calidad de Visita de Estado, Visita Oficial o Visita de Trabajo y en calidad de visita privada (siempre que fuere avisada con, al menos 72 horas de antelación, a la Dirección de Protocolo y Ceremonial de Estado.

 

  1.  Los Ministros de Relaciones Exteriores, en calidad de Visita Oficial o de Trabajo.

 

Cualquier otra autoridad extranjera, sea que viajare sola o acompañando a alguno de los arriba mencionados deberá realizar los trámites y controles aduaneros correspondientes.

A su paso por el control aduanero, el equipaje personal acompañado gozará de las franquicias que corresponda como pasajero que arriba ó, en su caso, de las franquicias diplomáticas que pudieren ser aplicables.

 

 

 

CONVENCION DE VIENA

Artículo 36

1. El Estado receptor, con arreglo a las leyes y reglamentos que promulgue, permitirá la entrada, con exención de toda clase de derechos de aduana, impuestos y gravámenes conexos, salvo los gastos de almacenaje, acarreo y servicios análogos:

a. de los objetos destinados al uso oficial de la misión; b. de los objetos destinados al uso personal del agente diplomático o de los miembros de su familia que formen parte de su casa, incluidos los efectos destinados a su instalación.

2. El agente diplomático estará exento de la inspección de su equipaje personal, a menos que haya motivos fundados para suponer que contiene objetos no comprendidos en las exenciones mencionadas en el párrafo 1 de este artículo, u objetos cuya importación o exportación esté prohibida por la legislación del Estado receptor o sometida a sus reglamentos de cuarentena. En este caso, la inspección sólo se podrá efectuar en presencia del agente diplomático o de su representante autorizado.

 

 

 

 

Controles sanitarios

Por razones de orden sanitario todo el equipaje, incluyendo el de mano, será escaneado para detectar alimentos de origen animal o vegetal, cuyo ingreso al país está absolutamente prohibido.

El  equipaje  no  será  revisado,  en  el  sentido  de  abierto  y/o  palpado  salvo  seria  sospecha  de  contener alimentos  prohibidos  y  en  este  caso,  tal  revisación  se  llevará  a  cabo  con  el  más  estricto  respeto  a  las Normas Internacionales y ante la presencia de un funcionario diplomático de la Misión respectiva.

Mayor información sobre la Barrera Sanitaria se encuentra en www.mgap.gub.uy

 

 

 

Controles de seguridad

Los funcionarios diplomáticos estarán sujetos a la inspección de rutina previa al embarque, incluido el equipaje de mano, sin que ello implique vulnerar sus privilegios e inmunidades.

La inspección de seguridad se realiza conforme a la normativa internacional que establecen los organismos especializados en la materia (Anexo XVII a la Convención de la OACI: www.icao.int) y las que exigen las propias aerolíneas según sus criterios.

Se aconseja informarse previamente sobre limitaciones para portar ciertos objetos en el equipaje de mano y en el que se despacha en bodega. Mayor información en www.dinacia.gub.uy/pasajeros.

Las valijas diplomáticas que lleven signos externos visibles de un Estado, no serán inspeccionadas ni registradas, siempre que estén precintadas y la persona que tenga la valija diplomática presente una identificación y una autorización apropiadas (pasaporte diplomático u oficial, carta de autorización) para portarla.

Los demás bultos de mano no estarán exentos de la inspección y serán tramitados de la forma ordinaria aplicable a otros pasajeros.

Se exceptúa del referido control a los Jefes de Estado/Gobierno extranjeros.

 

Tasas de embarque

Solamente  están  exonerados  del  pago  de  las  tasas  de  embarque los portadores de pasaporte  diplomático y  los  miembros  de  la  tripulación  de  aeronaves oficiales en Visita Oficial.

 

 

Contacto: 29021010 - Int. 72296 - 72325 - 72323