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Última actualización: 21/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Clausura de empresa unipersonal por fallecimiento del titular

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Consiste en el cese o clausura efectiva de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales de los Contribuyentes.

Requisitos

Contrato para uso de servicios en linea CON BPS

  • Contrato: Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho  trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS

Otros datos de interés

Constancia de trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento.

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    Previa agenda web:

    • Registro de Contribuyentes y Empresas:
    • Local DGI:

    Formularios:

    • Formulario 0355 “Cancelación (en 3 vías), firmados por todos los presuntos herederos, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
    • Formulario 0453 “Inutilización de la documentación” detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. (*)
    • Formulario 3/006 (DGI) para máquina registradora (en 2 vías), si corresponde.

      Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-   Ver Formularios Documentación que debe presentarse:

     

    • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
    • Constancia de impresión no utilizada, si corresponde
    • Original y fotocopia de la constancia de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos a las normas laborales o multas impagas.
    • 2 fotocopias del documento de identidad vigente de todos los presuntos herederos.
    • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente.
    • Certificado Notarial con:
      • Firma y datos personales completos de los presuntos herederos.
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
      • Documento de Identidad
      • Estado civil
      • Nacionalidad
      • Capacidad legal
      • Domicilio particular, si no lo tuviera deberá establecer un domicilio en el país.
      • Fecha de fallecimiento del causante
      • Establecer que son los únicos presuntos herederos.

    Nota:

    • En caso de actividad agropecuaria se deberá tener en cuenta el instructivo de BPS correspondiente según el caso.

     (*) Al Formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento de identidad vigente de titular y del gestor, en caso que corresponda.

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Presentándose con la documentación solicitada, previa agenda web.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web.

    En Montevideo:

    • Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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