Clausura de empresa unipersonal por fallecimiento del titular
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cese o clausura efectiva de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales de los contribuyentes, por fallecimiento del titular.
Requisitos
Formulario 0355 - Cancelación / Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - DGI
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada de los presuntos herederos o herederos, en caso de que exista declaratoria.
Archivo asociado
Formulario 0453 - Inutilización de la documentación - DGI
- Si corresponde. Detallar papelería impresa no utilizada y última utilizada.
- Si se encuentra adherido al sistema de facturación electrónica, corresponde reportar todos los comprobantes fiscales electrónicos en forma previa.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 4450. Cambio de Estado –Autorización para impresión de documentación.
- Si corresponde, detallando el estado de la autorización para impresión de documentación.
Archivo asociado
Factura electrónica
- En el caso de encontrarse adherido al sistema de facturación electrónica de DGI, corresponde reportar todos los comprobantes fiscales electrónicos en forma previa.
Certificación Notarial.
Certificando:
- Firma de los presuntos herederos o herederos en caso de que exista declaratoria.
- Datos personales completos de los presuntos herederos o herederos en caso de que exista declaratoria:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de identidad.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Fecha de fallecimiento del causante.
- Establecer que son los únicos presuntos herederos.
- En caso de que la fecha de clausura sea anterior a 90 días del fallecimiento, debe agregar certificado contable o notarial que acredite inactividad hasta la fecha de fallecimiento.
Documento de Identidad.
- Si el trámite es realizado por alguno de los presuntos herederos, herederos o representante deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- Si el trámite es realizado por uno un tercero deberá presentar copia del documento de identidad de los presuntos herederos, herederos o representante. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
Baja de Padrones Rurales
En caso de poseer padrones rurales vinculados:
- Si a la fecha de fallecimiento era propietario de padrones rurales:
- Si la desvinculación del padrón fue previa o a causa del fallecimiento:
- presentar contrato asociado (compraventa, rescisión de arrendamiento, etc.)
- Puede ser sustituido por certificación notarial que establezca, según el caso:
- Enajenación:
- Título y modo
- Fecha de otorgamiento y entrega de posesión
- Partes involucradas
- Número de padrón
- Departamento
- Sección judicial o catastral
- Cese de arrendamiento, comodato u ocupación:
- Partes implicadas y relación entre ellas
- Fecha de entrega de la tenencia
- Número de padrón
- Departamento
- Sección judicial o catastral.
- Enajenación:
Clausura de actividades en MTSS
- Presentar la constancia en caso de haber contratado trabajadores dependientes.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera del plazo establecido
Otros datos de interés
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITES:
- Formulario 6351 Constancia de Inscripción - Tarjeta de RUT- cancelada.
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de Enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
- Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 0453 - Inutilización de la documentación.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSe deberá contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Ingresar con usuario y contraseña o medio identificación electrónica.
- Solicitar trámite Registral
- Tema – Seleccionar “Registro de contribuyentes comunes BPS DGI.
- Motivo – Modificación o Clausura
- Luego de verificados los datos, en Tipo de Trámite, se deberá seleccionar “Clausura por fallecimiento”.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales. Impresos en doble faz y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- El formulario 0453, si corresponde, debe presentarse en 2 vías con el correspondiente timbre profesional.
- La documentación adicional debe presentarse el original y 2 copias.
- El trámite requiere timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534
- Sector RUT, subsuelo.
- En el local DGI
Enlaces relacionados