Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado con rescate de acciones - Artículo 312
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es cuando los socios en Asamblea General Extraordinaria resuelven reducir el capital integrado, rescatando acciones.
Requisitos
- Testimonio Notarial del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, en la que se aprobó el rescate.
- Testimonio Notarial de Acta de Sesión de Directorio o Nota de los Directores de la Sociedad, con certificación notarial de firmas, dejando constancia si se han presentado acreedores a oponerse a la resolución de rescate.
- Testimonio de publicaciones en Diario Privado (primer y última) llamando a acreedores a deducir oposición.
- Certificado contable (en enlaces de descarga encontrará la Apertura Patrimonial)
- Declaración Jurada Cumplimiento de Obligaciones Leyes 18.930-19484 Cap II
Otros datos de interés
Plazo:
- El plazo para comunicar el rescate, es de 60 días a partir del inmediato siguiente a aquel en el cual queda firme la resolución.
Excepción:
- Si por efecto del rescate, la sociedad debiera reformar su capital contractual, el plazo será de 30 días a partir del inmediato siguiente a aquel en el cual queda firme la resolución.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con los medios para adjuntar documentación (formato pdf).
En persona- Agendarse previamente mediante Agenda Web y para ello se deberá contar con Usuario Innova Portal.
- Debe presentar una Nota dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación comunicando la reducción voluntaria de capital integrado con rescate de acciones.
Por mayor información sobre como realizar el trámite Instructivo Nro. 15.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar el formulario web.
- Realizar la valoración.
- Dar click en finalizar.
- Una vez procesada la solicitud, será notificado al correo electrónico indicado.
Nota: Al ingresar al formulario en línea, usted tendrá la posibilidad de realizar múltiples comunicaciones de Capital Contractual e Integrado.
Ver Guía de Usuario.
En persona- Presentándose el interesado el día y hora agendado con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Auditoría Interna de la Nación.
- Dirección: Paysandú 941- Piso 2 - Reguladora de Trámites.
- Horario de atención: de lunes a viernes
- Reguladora de Trámites de 10:00 a 16:00 horas
- Tesorería de 10:15 a 15:45 horas.
- Por consultas dirigirse a: mesadeayuda@ain.gub.uy
Enlaces relacionados
Enlaces de descarga
- Modelo de Nota (.pdf 631 KB)
- Declaración Jurada Cumplimiento de Obligaciones Leyes 18.930-19484 Cap II (.pdf 361 KB)
- Modelo Certificado Contable (.pdf 62 KB)
- Decreto 108/22 Apertura Patrimonial (.pdf 389 KB)
- Instructivo Nro 15 Reducción Voluntaria de Capital Integrado con Rescate de Acciones art. 312 (.pdf 41 KB)
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