Constancias de Ley Solar
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Este trámite debe ser realizado por los Titulares de emprendimientos contemplados en el alcance de la Ley Solar, sus decretos reglamentarios y resoluciones ministeriales (Ley Nº 18.585, Decreto Nº 451/011, Decreto Nº325/012, Resolución MIEM 72/014, Resolución MIEM s/n 05/06/2025) con el fin de obtener las Constancias de Cumplimiento o de Exoneración de Ley Solar, que deberán ser luego presentadas ante la Intendencia correspondiente al momento de solicitar el Permiso de construcción.
Requisitos
- Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser: - Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
 
- Registro de Regulados de URSEA - Previamente a realizar el trámite, el titular del emprendimiento debe contar con el Registro de Regulado. En dicho registro deben estar incorporados el Representante Legal y el Responsable Técnico de la Instalación (RTI) que firmarán la documentación de la solicitud.
 
- Aportar datos. - El TRI debe estar registrado previamente ante la Dirección Nacional de Energía (DNE). Por consultas de este registro dirigirse a info@energiasolar.gub.uy.
- El Proyecto de instalación debe cumplir con los requisitos técnicos establecidos en las Especificaciones Técnicas Uruguayas de Instalaciones Solares Térmicas (ETUs).
- Para finalizar la solicitud, el Representante Legal del solicitante y el RTI deben firmar la Declaración Jurada emitida y agregar el Timbre Profesional correspondiente y la documentación técnica que así lo requiera deberá contar con la firma del RTI y Timbre Profesional, lo que podrá realizarse en forma digital o en papel.
 - a) De optar por la opción digital se finalizará la solicitud mediante la carga de la Declaración Jurada y la documentación técnica con las firmas digitales y el pago de los Timbres Profesionales on line. - b) De optar por la opción en formato papel, la Declaración Jurada emitida on line y la documentación técnica con firmas originales y Timbres Profesionales deberá presentarse en la Mesa de Entrada de la Ursea ( Liniers 1324 piso 2, lunes a viernes 10:00 a 15:00 horas previa agenda web). 
Costos
- La Declaración Jurada así como los documentos que llevan firma profesional, deberán contar con los timbres profesionales correspondientes.
Vías disponibles para realizar el trámite
- ¿Qué se necesita?- Por Internet- Contar con los medios electrónicos para adjuntar la documentación solicitada en los formatos indicados. 
 - En persona- Agenda previa. 
- Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos. 
 
- ¿Cómo se hace?- Por InternetIniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario o identificación electrónica.
- Completar la información solicitada en el formulario web y adjuntar la documentación requerida en los formatos permitidos.
- Una vez recibida la solicitud por parte de la Ursea, sus técnicos procederán al estudio de la documentación recibida. De surgir observaciones a la misma, el técnico recibirá una comunicación junto con la indicación del plazo otorgado y el medio por el cual levantar dichas observaciones y la empresa recibirá una comunicación de que el trámite ha sido devuelto.
- Una vez verificado el cumplimiento con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente, la Ursea emitirá una Constancia de cumplimiento o de Exoneración de Ley Solar que será enviada al solicitante.
- Seguidamente, la Constancia emitida se incorporará a la lista de Constancias de Cumplimiento o de Exoneración de Ley Solar aprobadas por la Ursea.
 - En persona- Presentarse en las oficinas de la Ursea, previa agenda web, con la información y documentación técnica solicitada, donde los funcionarios de la Ursea le asistirán en el ingreso del trámite en línea en una terminal disponible para el usuario.
- Luego el trámite seguirá los pasos del trámite ingresado por internet.
 
- ¿Dónde y cuándo se realiza?Ver listado de direcciones-  Montevideo, Montevideo- Dirección: Liniers 1324 Piso 2
- Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 15:00 hs
- Teléfono: +598 2 150
 
 
-  Montevideo, Montevideo
 
- Enlaces relacionados
- Enlaces de descarga