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Última actualización: 25/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Convertir una unipersonal en SAS total o parcialmente

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el proceso mediante el cual una Unipersonal se convierte en una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) total o parcialmente cumpliendo con la obligación de informarlo en la Administración Tributaria.

Requisitos

CONVERSION TOTAL: Formularios: 

  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional, para el contribuyente unipersonal a convertir parcialmente
  • Formulario 0355 “Cancelación Empresas y otras Entidades” en 3 vías, con timbre profesional, para el contribuyente unipersonal a convertir totalmente.
  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional, para la inscripción de SAS
  •  Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías) y/o Formulario 0353 “Personas jurídicas vinculadas” (en 3 vías) según corresponda.
  • Formulario 0453 de inutilización de documentación (si corresponde) en 2 vías, con timbre profesional.

  Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.   Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).   En los formularios 351 y 352 corresponde indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte.  Requisitos: Para la inscripción de la SAS:

  • Remitirse a los requerimientos de la Pregunta Frecuente: ¿Cómo debo hacer para inscribir una SAS? (3.1.1.2.013)

 Para la clausura de unipersonal:

  • Adicionalmente completar en el Formulario 0355, indicando en Observaciones que se trata de una conversión total, marcando en causal por “venta” e identificando en el formulario mismo a la empresa sucesora.
  • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
  • 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.

 CONVERSION PARCIAL: Formularios: 

  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional y/o Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías) y/o Formulario 0353 “Personas jurídicas vinculadas” (en 3 vías) según corresponda, para la inscripción de la SAS.
  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional para la unipersonal a convertir y/o Formulario 0354 “Actualización/Anexo de inscripción locales” en 3 vías.

  Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.   Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-   Ver Formularios Requisitos: Para la inscripción de la SAS:

  • Remitirse a los requerimientos de la Pregunta Frecuente: ¿Cómo debo hacer para inscribir una SAS? (3.1.1.2.013)

 Para la Unipersonal a convertir PARCIALMENTE:

  • En el Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” indicar en antecedentes que se trata de una conversión parcial identificando la empresa sucesora.
  • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
  • 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.

 Nota:  Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.      Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados

Plazo:

  • La conversión dispondrá de un plazo de 30 (treinta) días a contar desde la fecha de la constitución (estatuto)
  • Para los casos de Conversión Total la clausura de Unipersonal dispondrá de un plazo de 30 días a partir de la inscripción de la SAS en el RUT.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    Previa agenda web:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
    • Local DGI.
  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado.
    2. Presentar la documentación solicitada.
    3. Se entrega constancia del trámite.
    4. El organismo evalúa la documentación e informa.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web.

    En Montevideo: 

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas
    • Sarandi 570 – Planta Baja.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web BPS.
    • Local DGI
    • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

    En Interior: 

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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