Extranjeros que ingresan para residir en forma permanente
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Los residentes en terceros países que ingresan al territorio aduanero para residir en forma permanente, los residentes en los Estados Partes que retornan al territorio aduanero, provenientes de terceros países, después de permanecer en el exterior más de un año, y los residentes en uno de los Estados Partes que ingresan en otro Estado Parte para fijar en él su residencia permanente. Así como los uruguayos con más de un (1) año de residencia en el exterior y que retorna con ánimo de residencia permanente, podrán ingresar al territorio aduanero exentos de tributos, los siguientes bienes, nuevos o usados: podrán ingresar exentos de gravámenes y en condición de carga: ropas, objetos de uso personal usados, libros y periódicos, muebles y otros bienes de uso doméstico y herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado. El goce del beneficio para estos últimos, está sujeto a la previa comprobación de la actividad que desarrolla el viajero (Decreto Nº 139/014)
Condiciones:
- Si los bienes ingresan como equipaje no acompañado, deberán arribar al Territorio Aduanero dentro de los tres meses anteriores o hasta los seis meses posteriores a la llegada del viajero y sólo serán liberado una vez comprobado el ingreso al país del solicitante. Además deberán arribar en condición de carga y desde la misma procedencia del viajero.
- El trámite deberá ser efectuado por el propio interesado o a través de un Despachante de Aduanas.
- El equipaje deberá permanecer en un depósito contratado por el solicitante hasta la culminación del trámite.
Mientras no les sea concedida la residencia permanente en el país, los extranjeros podrán ingresar sus bienes bajo el régimen de Admisión Temporaria, debiendo presentarse una garantía por los tributos que pudieren corresponder. El trámite de liquidación y constitución de la garantía se realiza en el expediente GEX ante la Autoridad Aduanera. La garantía le será devuelta una vez acreditada la residencia definitiva en el país.
Requisitos
- Solicitud de Ingreso (D. J. Ingreso de Efectos Personales)
- La lista de efectos personales intervenida por el Consulado del país de residencia.
- La constancia de ingreso al país otorgada por la Dirección de Migraciones. (Certificado de Llegada).
- Constancia de residencia permanente.
ATENCIÓN: Pueden haber otros costos extra-aduana asociados como:
- Transporte (flete o envío) desde el país donde reside.
- Costos de la empresa marítima en el país donde reside.
- Costos de la empresa marítima en Uruguay.
- Costos asociados al Despachante de Aduana en Uruguay.
- Costos de manipulación del contenedor en puerto, si correspondiere.
- Almacenamiento en Depósito intraportuario o depósito aduanero particular, si correspondiere.
- Transporte (flete) del punto de ingreso hasta el domicilio.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Tener casilla de correo electrónico.
- Debe contar con medios para digitalizar documentos.
- Los documentos enviados deben estar firmados con firma digital avanzada (ej. CI o idAntel) para enviarlos por este medio, de lo contrario deberán presentarse con la documentación en la DNA.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea", podrá enviar un correo electrónico.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Una vez recibido el mismo, se inicia el trámite mediante expediente electrónico GEX.
- Una vez creado, se informa al solicitante del número, como constancia de inicio de la gestión.
En persona
- El trámite debe iniciarse en el Consulado uruguayo más próximo al lugar de residencia en el exterior o en la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior, si ya estuvieran en el país en forma temporaria y optaron por residir en forma permanente.
- El solicitante deberá presentarse a iniciar un expediente GEX ante la Dirección Nacional de Aduanas, una vez obtenidas las Resoluciones del Ministerio del Interior que autorizan ampararse en el beneficio.
¿Dónde y cuándo se realiza?
IMPORTANTE:
En Montevideo:
Si el ingreso de los efectos es por Puerto de Montevideo, presentarse en:
- Mesa de Entrada Administración de Aduanas - Montevideo.
- En el horario de 9:00 a 17:00 horas.
- Dirección: Rambla 25 de Agosto de 1825 número 199 esquina Yacaré - Acceso Yacaré - planta baja.
- Teléfono: (00598) 2915 0007 interno 7580 y 7219.
Si el ingreso de los efectos es vía terrestre, dirigirse con la documentación a presentar en:
- Departamento de Mesa de Entrada.
- En el horario de 9:00 a 17:00 horas.
- Dirección: Rambla 25 de Agosto de 1825 número 199 esquina Yacaré, piso 2, oficina 208.
- Teléfono: (00598) 2915 0007 interno 7200, 7552 o 7247.
Oficinas en el interior:
En cualquier Administración de Aduanas ubicada en el punto de ingreso al país. Ver el Mapa Aduanero.
- Artigas, Administración de Aduana de Artigas
- Dirección: Presidente Baldomir 597
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4772 4436
- Artigas, Administración de Aduana de Bella Unión
- Dirección: Durazno 1360 esquina General Rivera
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4779 2063
- Canelones, Administración de Aduana de Carrasco
- Dirección: Terminal de Cargas Aeropuerto Internacional de Carrasco
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 2604 0351 interno 200
- Cerro Largo, Administración de Aduana de Aceguá
- Dirección: Avenida Nicolás Lenguas esquina Avenida General Artigas
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4640 9253
- Cerro Largo, Administración de Aduana de Río Branco
- Dirección: Puente Internacional Mauá
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4675 2646
- Colonia, Administración de Aduana de Carmelo
- Dirección: Juan Zorrilla de San Martín número 3
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4542 2004
- Colonia, Administración de Aduana de Colonia
- Dirección: Recinto Portuario de Colonia
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4522 1253
- Colonia, Administración de Aduana de Juan Lacaze
- Dirección: Avenida República Argentina (puerto)
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4586 6210
- Colonia, Administración de Aduana de Nueva Palmira
- Dirección: Chile y Ruta 12
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4544 7327
- Maldonado, Administración de Aduana de Punta del Este
- Dirección: Calles 8 y 13 (puerto)
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4244 1921
- Paysandú, Administración de Aduana de Paysandú
- Dirección: Florida 1113 esquina 19 de Abril
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4722 7963
- Río Negro, Administración de Aduana de Fray Bentos
- Dirección: 25 de mayo y Doctor Luis Alberto de Herrera sin número
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4562 2931
- Rivera, Administración de Aduana de Rivera
- Dirección: 33 Orientales 1054 esquina Agraciada
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4623 0753
- Rocha, Administración de Aduana de Chuy
- Dirección: Samuel Priliac esquina León Ventura
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4474 2007
- Rocha, Administración de Aduana de Rocha
- Dirección: Explanada Portuaria- Puerto de La Paloma
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4472 3103
- Salto, Administración de Aduana de Salto
- Dirección: Costanera esquina Brasil
- Horario: 9:00 a 17:00 horas
- Teléfono: 4733 2130
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