Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Minería y Geología
Pago Derecho de Prospección
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite por el cual se paga el Derecho de Prospección, luego de obtener una Resolución aprobada en Dinamige.
Requisitos
- Estar inscripto y validado en el Registro de Empresas Mineras de Dinamige.
- Haber realizado exitosamente y de forma previa el trámite Permiso de prospección y servidumbre minera de estudio.
- No mantener adeudos ante DINAMIGE.
Iniciar Trámite en Línea
Costos
- 150 Unidades Indexadas (UI) por cada 100 hectáreas o fracción comprendidas en el área de prospección.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar los datos requeridos en el formulario web.
- Recibirá en su mail la resolución de su solicitud.
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