Pago de multa Ley Nº 19.484
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Pago de multa Ley 19484: Es el que efectúan ante la Auditoría Interna de la Nación, las entidades y sus representantes, que incumplieren con la obligación de presentación en plazo de la declaración jurada prevista en el artículo 29 de la Ley Nº 19.484.
Requisitos
Certificado Notarial.
Para el pago de multa por incumplimiento de la Ley N° 19.484 de 05.01.2017 (Art. 32):
La certificación notarial debe acreditar:
- la existencia y vigencia de la entidad;
- la legitimación del firmante de la declaración jurada (designación, vigencia y declaratoria Ley 17.904).
En caso de multa por modificación de datos comunicada fuera de plazo, deberá acreditarse, además:
- la índole de la modificación;
- la fecha en que se produjo.
Certificado Contable.
- Se deberá acreditar la dimensión económica de la entidad según el nivel de Activos e Ingresos (si corresponde), que surgen del balance correspondiente al último ejercicio cerrado, teniendo en cuenta los parámetros del artículo 21 del Decreto 166/017 de 26/06/2017.
Otros datos de interés
- Se pone en conocimiento que, a los efectos del pago de la multa, se encuentra disponible en la página de AIN información relativa a la celebración de convenios: https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/sites/ministerio-economia-finanzas/files/2024-09/CONVENIO%20DE%20PAGO.pdf
El pago de la multa por incumplimiento de la Ley 19.484 no exime a la entidad del cumplimiento de las obligaciones previstas por la misma.
Costos
Proventos: No se abonan proventos por la solicitud de cobro de multa por incumplimiento de la Ley N° 19.484.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completando los pasos con la información requerida.
- Una vez revisada la solicitud, el organismo comunicará la resolución por las vías indicadas.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Paysandú 941 esq. Río Branco
- Teléfono: (+598) 2901 72 23
- Montevideo, Montevideo
Otras direcciones
- Auditoría Interna de la Nación.
- Dirección: Paysandú 941 (Montevideo) piso 2, Reguladora de Trámites.
- Requiere previa agenda web
- Por consultas dirigirse a: mesadeayuda@ain.gub.uy
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