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Última actualización: 16/09/2025
PAYSANDU - Intendencia

Permiso de construcción por regularización de construcciones - Paysandú

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Consiste en la autorización que otorga la Intendencia, para incorporar las construcciones existentes en un padrón, al registro de obras con Permiso de Construcción Municipal.

Requisitos

Otros datos de interés

  • Los planos deben ajustarse al Instructivo 1, disponible más abajo, en Enlaces de descarga.
  • La documentación estará firmada por técnico y propietario y con los timbres profesionales correspondientes, excepto los planos que se enviarán sin timbres y sin firmas.

 

  • Por concepto de regularización de obras sin permiso, se cobra multa por infracción a la ordenanza:
    • Para regularizaciones hasta 60m² se cobra 1 UR (una Unidad Reajustable).
    • Para regularizaciones mayores a 60 m² se cobra 3 UR (tres Unidades Reajustables).
    • Si se aprueba la regularización por las tolerancias establecidas en Decreto 7719/2018, se cobrará una multa por infracción leve de 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables), e impuesto a la construcción inapropiada equivalente al 25 % del aforo de Catastro.
  • En cuanto a los derechos de construcción, se encuentran exoneradas de pago las construcciones anteriores al año 2003 inclusive. Las construcciones posteriores al año 2003 serán tasadas y liquidadas de acuerdo a lo establecido en el Decreto 8289/1976 y modificativos.
  • Las construcciones anteriores al año 1950, están exoneradas de pago de multa y derechos de construcción.
  • Los pagos se podrán efectuar en cajas de la Intendencia de Paysandú, únicamente por medio de tarjetas de débito o crédito, en Agencias ABITAB y Red Pagos, online ingresando a Pagos en línea (Debe solicitar código de pago a Unidad de Edificaciones).
  • Con la finalidad de ampliar información recomendamos consultar la Ordenanza de Construcción e Higiene de la Vivienda Decreto 8289/1976 y modificativos.
  • La solicitud de la cédula catastral se consultará directamente con el organismo.

Costos

  • Timbre profesional: uno por cada plano, memoria y contrato.
  • Trámite de construcción: Valor 85 UI (sesenta Unidades Indexadas).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    • Agenda previa.

    • Comprobante de pago.

      • Recibo de pago en Tesorería de la IdeP
    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Agendar turno en la Web
    2. Pago de las 85 U.I por concepto de ingreso de expediente de construcción.
    3. Presentar el recibo de pago en Tesorería de la IdeP  y retirar el librillo de construcción. Se completará la página 1 con los datos requeridos, firmas y timbre profesional.
    4. Se presentará la Carpeta 1, en ventanilla de Edificaciones, la misma llevará una portada con datos identificatorios del Padrón, de la Obra y el titular. Contendrá la documentación señalada en el Item "Requisitos" y los planos determinados por la Ordenanza en papel común con firmas y timbre profesional.
    5. Se controlará la carpeta presentada, si cumple con las formalidades establecidas se iniciará el trámite.
    6. Pasa a estudio técnico de Edificaciones.
    7. En caso de que no se formulen observaciones, pasa a estudio de Planeamiento Urbano.
    8. Se realiza inspección a efectos de corroborar que los planos presentados coincidan con las construcciones a regularizar.
    9. Se expide informe resultante de las actuaciones que anteceden y se pasa a dictar Resolutivo del Departamento de Obras.
    10. Edificaciones notifica y cobra la multa por regularización, cuando corresponda cobrará los derechos de construcción.
    11. Se presenta la Carpeta 2, con copia de los documentos de la Carpeta 1 y los planos aprobados con las firmas de propietario y Técnico.
    12. Una vez efectuado el pago antes referido, se otorga número de Permiso de Construcción y se expide Certificado de Habilitación de Obra.
    13. Se entregará al técnico o al propietario la Carpeta 2, sellada con número de Permiso de Construcción y el Certificado de habilitación.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • Intendencia Departamental de Paysandú.
    • Edificaciones.
    • Dirección: Zorrilla de San Martín esquina Sarandí (Palacio Municipal - Planta Alta).
    • Teléfono: 598 472 26220 interno 2110.
    • Celular: 096 127 851
    • Horario de verano: martes y miércoles de 07:15 a 11:45 horas
    • Horario de invierno:  martes y miércoles de 12.15 a 16.45 horas.
    • Agenda Web Unidad de Edificaciones
  • Enlaces de descarga

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