Permiso de exploración y servidumbres mineras de ocupación y/o paso
Es el derecho a realizar en un área determinada todas las labores necesarias, con exclusión de toda otra persona, tendientes a la comprobación de la existencia del yacimiento, al reconocimiento de sus características, a la determinación del volumen, calidad y ley del mineral y a su evaluación económica.
Requisitos
- Estar inscripto y validado en el Registro de Empresas Mineras de Dinamige.
- No mantener adeudos ante DINAMIGE.
- Nota de solicitud dirigida al Director Nacional de Minería y Geología con certificación notarial de firmas.
- Plano de deslinde y croquis de ubicación (original con un timbre profesional y 4 copias firmados por Ingeniero Agrimensor y por el titular/solicitante).
- Solicitud de servidumbre minera que estime necesaria para su actividad. En este caso se generará un expediente que se tramitará en forma independiente pero complementaria del título.
- Programa de operaciones, detallando métodos, técnicas, máquinas y equipos a emplear y cronograma de operaciones. El instructivo puede descargarse desde el sitio Web de Dinamige.
- Plan de inversiones y capacidad financiera (en papel y CD) discriminado por rubros y Declaración Jurada, a excepción de instituciones estatales. Para acceder al instructivo y los formularios ingrese aquí.
- Técnico Responsable con amplia experiencia minera (se deberá entregar documentación que acredite su calidad de tal). Véase Resolución 137/15 en la sección "Normativa Asociada".
- Firma del Técnico Responsable aceptando el cargo.
- Para materiales Clase IV: Certificado notarial de propiedad. En caso de no ser el gestionante el propietario del o los inmuebles afectados, presentar (si la tuviere) la renuncia del o los superficiario/s al derecho que le otorga el Artículo 5.
Al realizar el inicio del trámite, toda la información debe ser cargada al sistema en formato digital en los formatos que se detallan a continuación:
- Planos: dwg, dxf, o en formato de archivo comprimido (zip o rar) conteniendo los planos en los formatos mencionados anteriormente.
- Informes técnicos: pdf, o en formato de archivo comprimido (zip o rar) conteniendo el archivo pdf y adjuntos de tipo shp, kmz, jpg y/o geotiff, entre otros.
- Certificado notarial de propiedad, notas de designación, documentos en general: pdf.
- Cuadros guía de capacidad financiera: se deben cargar los archivos en formato pdf y también las hojas de cálculo xls.
Otros datos de interés
Importante:
- En caso de firmar como representante acreditar en dicha certificación las facultades de representación, suficiencia y vigencia de las mismas.
- El título se otorga por un plazo mínimo de 1 año y un máximo de 3 años prorrogables por 3 veces por períodos de 1 año.
- Al acreditar la propiedad del/los inmueble/s se deberá dejar expresa constancia de: nombre del titular y domicilio, área total del inmueble, relacionando plano del Agrimensor e inscripción. Cuando ésta no coincide con la establecida en el Plano de Deslinde, se solicitará la presentación de Cédula Catastral, Título y modo de adquisición, partiendo de la última trasmisión por acto entre vivos, de la totalidad del inmueble.
- En todos los casos en que se presenten certificados notariales, éstos deben ser originales, actuales y deben tener adheridos los correspondientes montepíos. No se pueden presentar fotocopias autenticadas.
- Por Ley 18.813 de 23/09/2011 se aprobaron modificaciones al Código de Minería, cuyo Decreto Reglamentario (Decreto 110/82) se encuentra en proceso de revisión.
Costos
- Un derecho de 20 Unidades Reajustables (UR) por cada 100 hectáreas o fracción.
- Se abona al iniciar la solicitud.
- En caso de iniciar el trámite en línea, dispone de 5 días hábiles para realizar el pago una vez realizada la solicitud.
- Puede realizar el pago del trámite en la tesorería de Dinamige o en redes de cobranza.
- En el caso de abonar en redes de cobranza deberá indicar que el pago es a la “Dirección Nacional de Minería y Geología”, debiendo proporcionar el número de Boleto incluido en el correo de confirmación. Este método de pago conlleva costos por comisiones.
Costos de comisiones:
- El sistema permite el pago de adeudos a través de la red de cobranzas en todo el país, así como también a través del sistema bancario. Esta modalidad de pago conlleva costos por comisiones de acuerdo al siguiente detalle:
- Uso del Gateway de pagos de Antel: 0,5 % del monto transaccionado más IVA, con un mínimo de 1,159 UI más IVA y un máximo de 0,3 UR impuestos incluidos.
-
Comisión de los medios de pago: BROU, CORREO URUGUAYO, BANRED, SISTARBANC, ABITAB y REDPAGOS como sistemas de pago electrónico tienen un costo de 0,85 % más impuestos del importe total de cada transacción, con un mínimo de $ 11,48 (once con cuarenta y ocho Pesos Uruguayos) impuestos incluidos, y un máximo de $ 257,93 (doscientos cincuenta y siete con noventa y tres Pesos Uruguayos) impuestos incluidos. Estos límites se ajustan semestralmente en enero y julio de acuerdo a la evolución del IPC.