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Última actualización: 28/08/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Minería y Geología

Permiso de exploración y servidumbres mineras de ocupación y/o paso

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el derecho a realizar en un área determinada todas las labores necesarias, con exclusión de toda otra persona, tendientes a la comprobación de la existencia del yacimiento, al reconocimiento de sus características, a la determinación del volumen, calidad y ley del mineral y a su evaluación económica.

Requisitos

  • Registro de Empresas Mineras - Dinamige

    • Estar inscripto y validado.
  • Presentación de Croquis.

    • Croquis de ubicación (original con un timbre profesional y 4 copias firmados por Ingeniero Agrimensor y por el titular/solicitante).
  • Presentación de Nota o Escrito.

    • Nota de solicitud dirigida al Director Nacional de Minería y Geología con certificación notarial de firmas.
    • Solicitud de servidumbre minera que estime necesaria para su actividad. En este caso se generará un expediente que se tramitará en forma independiente pero complementaria del título.
  • Presentación de Planos.

    • Plano de deslinde.
  • Certificación Notarial de Propiedad - Resolución 9/2015.

    • Para materiales Clase IV: Certificado notarial de propiedad. En caso de no ser el gestionante el propietario del o los inmuebles afectados, presentar (si la tuviere) la renuncia del o los superficiario/s al derecho que le otorga el Artículo 5.
  • Firma.

    • Firma del Técnico Responsable aceptando el cargo.
  • Libre de adeudos.

    • No mantener adeudos ante DINAMIGE.
  • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

    Al realizar el inicio del trámite, toda la información debe ser cargada al sistema en formato digital en los formatos que se detallan a continuación:

    • Planos: dwg, dxf, o en formato de archivo comprimido (zip o rar) conteniendo los planos en los formatos mencionados anteriormente.
    • Informes técnicos: pdf, o en formato de archivo comprimido (zip o rar) conteniendo el archivo pdf y adjuntos de tipo shp, kmz, jpg y/o geotiff, entre otros.
    • Certificado notarial de propiedad, notas de designación, documentos en general: pdf.
    • Cuadros guía de capacidad financiera: se deben cargar los archivos en formato pdf y también las hojas de cálculo xls.
  • Designación de responsable técnico.

    • Técnico Responsable con amplia experiencia minera (se deberá entregar documentación que acredite su calidad de tal). Véase Resolución 137/15 en la sección "Normativa Asociada".
  • Presentación de Plan.

    • Programa de operaciones, detallando métodos, técnicas, máquinas y equipos a emplear y cronograma de operaciones. El instructivo puede descargarse desde el sitio Web de Dinamige.
    • Plan de inversiones y capacidad financiera (en papel y CD) discriminado por rubros y Declaración Jurada, a excepción de instituciones estatales. Para acceder al instructivo y los formularios ingrese aquí.

Otros datos de interés

Importante:

  • En caso de firmar como representante acreditar en dicha certificación las facultades de representación, suficiencia y vigencia de las mismas.
  • El título se otorga por un plazo mínimo de 1 año y un máximo de 3 años prorrogables por 3 veces por períodos de 1 año.
  • Al acreditar la propiedad del/los inmueble/s se deberá dejar expresa constancia de: nombre del titular y domicilio, área total del inmueble, relacionando plano del Agrimensor e inscripción. Cuando ésta no coincide con la establecida en el Plano de Deslinde, se solicitará la presentación de Cédula Catastral, Título y modo de adquisición, partiendo de la última trasmisión por acto entre vivos, de la totalidad del inmueble.
  • En todos los casos en que se presenten certificados notariales, éstos deben ser originales, actuales y deben tener adheridos los correspondientes montepíos. No se pueden presentar fotocopias autenticadas.
  • Por Ley 18.813 de 23/09/2011 se aprobaron modificaciones al Código de Minería, cuyo Decreto Reglamentario (Decreto 110/82) se encuentra en proceso de revisión.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

  • Un derecho de 20 Unidades Reajustables (UR) por cada 100 hectáreas o fracción.
    • Se abona al iniciar la solicitud.
    • En caso de iniciar el trámite en línea, dispone de 5 días hábiles para realizar el pago una vez realizada la solicitud.
    • Puede realizar el pago del trámite en la tesorería de Dinamige o en redes de cobranza.
    • En el caso de abonar en redes de cobranza deberá indicar que el pago es a la “Dirección Nacional de Minería y Geología”, debiendo proporcionar el número de Boleto incluido en el correo de confirmación. Este método de pago conlleva costos por comisiones.

Costos de comisiones:

  • El sistema permite el pago de adeudos a través de la red de cobranzas en todo el país, así como también a través del sistema bancario. Esta modalidad de pago conlleva costos por comisiones de acuerdo al siguiente detalle:
  • Uso del Gateway de pagos de Antel: 0,5 % del monto transaccionado más IVA, con un mínimo de 1,159 UI más IVA y un máximo de 0,3 UR impuestos incluidos.
  • Comisión de los medios de pago: BROU, CORREO URUGUAYO, BANRED, SISTARBANC, ABITAB y REDPAGOS como sistemas de pago electrónico tienen un costo de 0,85 % más impuestos del importe total de cada transacción, con un mínimo de $ 13,15 (trece con quince Pesos Uruguayos) impuestos incluidos, y un máximo de $ 295,42 (doscientos noventa y cinco con cuarenta y dos Pesos Uruguayos) impuestos incluidos. Estos límites se ajustan semestralmente en enero y julio de acuerdo a la evolución del IPC.

Vías disponibles para realizar el trámite

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