Registro de pensiones habitacionales
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que permite a los locales comerciales, habilitados por las Intendencias como pensiones, ampararse en la Ley 18.283.
Requisitos
- Formulario de solicitud completo.
- Habilitación Municipal vigente y definitiva. En caso de reinscripción: presentar la inscripción anterior si está vigente o la constancia de inicio del expediente en la intendencia.
- Planilla de Trabajo con formulario de aceptación de la misma emitido por el MTSS.
- Certificado Único BPS.
- Constancia DGI o último recibo de pago donde conste la intervención del cajero.
- Cédula de Identidad.
- En caso de ser propietario: Contribución Inmobiliaria al día.
- Certificado Notarial que acredite la vinculación del titular con inmueble (arrendatario, propietario, comodatario, etc).
- En caso de ser persona jurídica el control de la misma, vigencia, representación y domicilio constituido.
- En caso de comparecer por poder, el mismo deberá estar controlado en el mencionado certificado notarial.
- El certificado deberá tener una vigencia de 10 días hábiles.
En caso de reinscripciones:
- Última inscripción en MVOT.
Otros datos de interés
Vigencia o validez del trámite de la inscripción ante este registro:
- Se otorga por un plazo máximo de 5 años.
- Las inscripciones provisorias tendrán un plazo máximo de 180 días contados desde que vence la inscripción anterior ante este registro.
- Vencidos los plazos referidos se cobrará multa establecida en la Ley 18.283.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Requerirá subir los archivos de la documentación solicitada en los formatos permitidos: jpg, png, pdf, doc, docx, odt, zip, rar (máx. 5 MB).
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea" .
- Acceder con usuario o identificación electrónica.
- Completar los datos solicitados en el formulario web.
- Adjuntar los archivos de la documentación requerida.
- Visualización de trámite iniciado.
En persona
- Presentar originales y fotocopias de la totalidad de la documentación requerida.
- Al momento de recepción, se cotejarán originales y copias devolviéndose al interesado los primeros a excepción del Certificado Notarial.
- Las fotocopias deben concordar fielmente con los originales a la vista procediéndose a dejar constancia de ello bajo sello y firma del funcionario interviniente.
- Reunida la documentación, se le dará trámite a Asesoría Técnica Área Notarial para su estudio y posterior expedición.
- El solicitante recibe constancia de inicio de solicitud fechada y sellada.
El inicio del trámite no implica aprobación, el ciudadano debe comunicarse con el MVOT para informarse sobre el estado del trámite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En Montevideo:
- Oficina de Administración Documental.
- Dirección: Zabala 1432 Planta Baja.
- Teléfono: 29170710 int. 1005/ 1018.
- Horario de atención: 09:15 a 16:00 horas.
- En el interior:
- Dirigirse a las oficinas locales del MVOT.
Enlaces relacionados
Enlaces de descarga