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Última actualización: 31/10/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Revocación de un apoderado de una empresa

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se desvinculan personas físicas o jurídicas en una entidad con o sin actividad empresarial ante la Administración Tributaria como consecuencia de la revocación de un poder otorgado.

Requisitos

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • En caso de alta de nuevos apoderados, ver Inscripción de apoderado de una empresa
    • Debe constar la permanencia de los actuales titulares. 

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • Debe constar la permanencia de los actuales titulares. 

    Archivo asociado

  • Certificación Notarial.

    Certificando: 

    • Firma del o los titulares.
    • Datos personales completos:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal
      • Domicilio particular.
    • Control de revocación.
    • Integración del directorio, sociedad, etc., a la fecha de la revocación si ésta fuera retroactiva y al día de hoy, aclarando en ambos casos que son los únicos integrantes.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Se realiza dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de la revocación del poder.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:

  • Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
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Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

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