Revocación de un apoderado de una empresa
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se desvinculan personas físicas o jurídicas en una entidad con o sin actividad empresarial ante la Administración Tributaria como consecuencia de la revocación de un poder otorgado.
Requisitos
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- En caso de alta de nuevos apoderados, ver Inscripción de apoderado de una empresa
- Debe constar la permanencia de los actuales titulares.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- Debe constar la permanencia de los actuales titulares.
Archivo asociado
Certificación Notarial.
Certificando:
- Firma del o los titulares.
- Datos personales completos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
- Control de revocación.
- Integración del directorio, sociedad, etc., a la fecha de la revocación si ésta fuera retroactiva y al día de hoy, aclarando en ambos casos que son los únicos integrantes.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Se realiza dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de la revocación del poder.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Contrato de adhesión - DGI.
- Para obtener clave con contrato de adhesión: Trámite para obtener un contrato de adhesión
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
- Sector: Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo.
- Trámite: Exclusivo DGI
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Seleccionar Servicios en línea / Trámites – Solicitud de inicio
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Alta de Poderes (incluye habilitados a cobrar créditos para IRPF o IASS)
- Adjuntar la documentación correspondiente.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos 1 debe ser original. Impresos en doble faz.
- La documentación adicional debe presentarse en original y copia.
En interior:
- No aplica la modalidad presencial.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
- Departamento RUT
- Sector RUT Exclusivo.
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
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