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Última actualización: 29/01/2025
Dirección General Impositiva

Solicitud de certificado de residencia fiscal de Persona Jurídica u otra Entidad

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Comprobante que extiende la Administración a los efectos de certificar la Residencia Fiscal de quien solicita.

Requisitos

  • Formulario 5202.

  • Documentación respaldante de la solicitud.

  • Documentación que acredite la representación (poder, certificado notarial, etc.)

  • Cédula de identidad del firmante (o documento extranjero);

  • Constitución de DOMEL por parte del/os firmante/s (Decreto Nº 93/2018).

Acreditación de la residencia fiscal de persona jurídica u otra entidad:

A los efectos de acreditar la residencia fiscal de una persona jurídica se deberán tener actualizados los datos en el RUT de representantes y apoderados de la empresa y datos del domicilio constituido y fiscal.

Asimismo, en caso de la re-domiciliación al exterior en trámite, se deberá indicar en el formulario 5202, según corresponda o no, que la empresa haya iniciado dicho trámite.

Por más información se sugiere ver el instructivo.

Otros datos de interés

Entrega:

  • El certificado de Residencia Fiscal es un archivo firmado digitalmente el cual será enviado al correo electrónico del domicilio constituido del solicitante.
  • A partir de la fecha 30/09/2016 no se emitirán mas en formato papel.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Se deberá adjuntar la documentación enumerada anteriormente en formato digital.

    En persona

    • La documentación enumerada en los requisitos y el formulario 5202 en dos vías.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Identificarse en Usuarios Registrados con Usuario DGI o Identidades Digitales.
    3. Seleccionar en el menú “Otros Servicios”, “Iniciar expediente”, completar los datos solicitados y elegir:
      • Categoría/Trámite: Certificado de Residencia Fiscal.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Solicitar día y hora mediante agenda web.
    2. Presentarse en la fecha acordada en la dependencia de DGI que corresponda, con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:

    • División Administración, Mesa de entrada, Piso 8.
    • Dirección: Fernández Crespo 1534.
    • Horario de atención: Lunes a viernes de 09:30 a 16:15 horas.

    Contribuyentes con domicilio constituido en el Interior:

    • En las dependencias de DGI (con excepción de Casupá que atiende solamente los días miércoles).
    • Horario de atención: Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 horas.
  • Enlaces relacionados

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