Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información
Solicitud de constitución de domicilio digital para entidades públicas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud de creación y suscripción de un Domicilio Digital para Entidades Públicas ante los organismos que utilizan el sistema de Notificaciones y Comunicaciones Digitales.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Presentar el formulario de Constitución de Domicilio Electrónico para Entidades Públicas.
- Quienes sean designados lectores para ingresar al Domicilio Electrónico deberán registrarse como Usuario.gub.uy y presentar por única vez ante el organismo correspondiente el formulario de Creación y habilitación de usuario en el sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas.
Otros datos de interés
- Tanto para revocar lectores de un domicilio de Entidad Pública como para la desuscripción, complete y presente ante el organismo que corresponda el Formulario de Constitución de domicilio electrónico Entidades Públicas.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentar con la documentación solicitada.
- La documentación será evaluada por el organismo.
- Recibirá un mail con el aviso de alta en el sistema o de lo contrario, el organismo se contactará para informarle las observaciones.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En el organismo ante el cual se quiera constituir el Domicilio Electrónico.
- Consulte los Organismos Adheridos.
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