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Última actualización: 29/05/2025
Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información

Solicitud de constitución de domicilio digital para entidades públicas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la solicitud de creación y suscripción de un Domicilio Digital para entidades públicas ante los organismos que utilizan el sistema de Notificaciones y Comunicaciones Digitales. 

Requisitos

Otros datos de interés

  • Quienes sean designados lectores para ingresar al Domicilio Digital deberán presentar por única vez el formulario de Creación y habilitación de usuario en el sistema de Notificaciones y Comunicaciones electrónicas
  • Tanto para revocar lectores de un domicilio de Entidad Pública como para la desuscripción, complete y presente ante el organismo que corresponda el Formulario de Constitución de Domicilio Digital entidades públicas.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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