Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos
Solicitud de habilitación o de renovación de Industrias Lácteas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual el Departamento Control Sanitario de Lácteos (DCSL) del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) habilita desde el punto de vista higiénico sanitario a los establecimientos de recepción, estandarización, tratamiento y transformación de leche y productos lácteos.
Requisitos
- Formulario RGIND01. Solicitud de habilitación y/o renovación de establecimientos elaboradores de productos lácteos, completo y firmado.
- Listado de remitentes de leche cruda incluyendo validez de la refrendación ante el MGAP.
- Manual de Buenas Prácticas de Manufactura que incluya como mínimo los siguientes puntos:
- Diseño, construcción y mantenimiento de las Instalaciones. Emplazamiento. Edificaciones exteriores e interiores. Servicios. Planos con flujo de insumos, producto, personal y residuos.
- Equipos y utensilios. Descripción, plan de mantenimiento y de calibración.
- Control de las operaciones.
- Descripción de los procesos de elaboración:
- Control de la materia prima, ingredientes, materiales de envasado, productos químicos y sustancias tóxicas (recepción, almacenamiento y utilización).
- Control de producto. Criterios de aceptación o rechazo. Tratamiento del producto no conforme. Control de microrganismos patógenos en producto, superficies de contacto con el producto y ambiente.
- Procedimientos de identificación, trazabilidad y recupero (recall) de los productos.
- Procedimientos de manejo de residuos sólidos y líquidos.
- Procedimientos generales y particulares de limpieza y desinfección. Procedimientos específicos. Frecuencia. Productos utilizados. Monitoreo. Verificación. Personal involucrado.
- Higiene y salud del personal, Carné de salud, aseo personal, indumentaria de trabajo, prácticas higiénicas, visitas.
- Programa de capacitación del personal en Buenas Prácticas.
- Programa de Calidad del agua. Abastecimiento, Almacenamiento y Distribución. Monitoreo y verificación de la potabilidad. Cloración. Límites tolerados. Medidas correctivas.
- Programa de Control de plagas. Responsable de su ejecución (Habilitación, capacitación). Productos utilizados. Frecuencia de aplicación. Frecuencia de monitoreo. Planos con trampas y cebos, Acciones correctivas.
Otros datos de interés
- En caso de que la empresa habilitada requiera una autorización de exportación, se contemplarán requisitos especiales según exigencias del país de destino.
- Vigencia de la habilitación de industria láctea: 1 año, pudiéndose renovar hasta por el plazo de 2 años, siendo en todos los casos de carácter revocable.
Costos
- 165.00 $
- Tarifa de habilitación cuando sea planta exportadora (preguntar):
- Teléfonos: (00598) 2220 4000 Internos: 152 120 / 152 121 / 152 122.
- Administración: Interno 152 124.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- La empresa láctea presenta la documentación requerida.
- Cumplida las actuaciones del DCSL (estudio documental e inspección), retira el Certificado de habilitación o renovación de industria láctea.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección: Constituyente 1476, Montevideo.
- Horario: lunes a viernes de 09:30 a 15:00 horas.
- Teléfono: 24138030.
Enlaces relacionados
Enlaces de descarga