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Última actualización: 23/07/2025
Ministerio de Educación y Cultura - Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales

Solicitud de Reparación para beneficiarios de Ley 20.193

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Este es el trámite mediante el cual los que se consideren beneficiarios de la Ley 20.193, solicitan la reparación por haber sido victima, o causahabiente cuando corresponda, de los hechos ilícitos perpetrados entre el 1 de enero de 1962 y el 31 de diciembre de 1976 por integrantes de grupos organizados y armados con fines políticos o ideológicos; y que, como consecuencia o en ocasión de tales hechos, hayan sufrido:

  • la pérdida de la vida,
  • la incapacidad permanente, total o parcial, para el trabajo,
  • la privación de libertad por más de 72 horas.

Requisitos

  • Presentación de Nota o Escrito.

    Deberán presentar nota firmada y dirigida a la Comisión Especial de la Ley 20.193, la que deberá contener: 

    • Datos personales del solicitante (víctima o caushabiente): Nombre completo, número de documento de identidad, teléfono, domicilio y correo electrónico valido para ser notificados allí.
    • Cuál es la causal invocada: Relato de los hechos alegados.
    • Al pie de la nota deberá contener el siguiente texto, el cual le otorga a la nota carácter de Declaración Jurada, completando por SI o por NO en los puntos suspensivos (...):
    • Declaro bajo juramento  (...) haber recibido indemnización por parte del Estado como consecuencia de una sentencia judicial, transacción, decisión administrativa, o leyes especiales y que conozco el alcance de los artículos 239, 240 y 241 del Código Penal.
    • Cualquier otro medio probatorio que entienda pertinente.
  • Partida de Nacimiento.

    • Para el caso de caushabientes. 
  • Documento Nacional de Identidad

    • Vigente (presentar copia).
  • Partida de Matrimonio.

    • Para el caso de caushabientes.
  • Partida de Defunción.

    •  De la víctima, para el caso de caushabientes.

Otros datos de interés

  • Esta solicitud puede presentarse en forma individual o conjuntamente (más de un causahabiente), siempre y cuando se refiera a la misma víctima.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. La presentación podrá realizarla el interesado o una tercera persona en forma presencial,  o enviando la solicitud por correo postal.
    • Presencialmente en Montevideo:
      • Reconquista 535 piso 5 Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales.
      • Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 17:00hs.
    • Envíos por Correo postal dirigido a :
      • Reconquista 535 piso 5 .Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales. (Comisión Especial Ley 20.193).
    • Por consultas dirigirse a Atención al Usuario:
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • Reconquista 535, Piso 5.
    • Montevideo
  • Enlaces relacionados

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