Ministerio de Economía y Finanzas - Auditoría Interna de la Nación
Transformación de sociedad anónima en otro tipo de sociedad.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es la solicitud de aprobación de transformación de régimen jurídico de una Sociedad Anónima a otro tipo de Sociedad. La sociedad no se disolverá, mantendrá su personería jurídica y no se alterarán sus derechos y obligaciones.
Requisitos
- Antecedentes sociales: Se deberá presentar certificado notarial acreditando que el último trámite realizado ante esta Oficina se encuentra debidamente perfeccionado (Inscripción Registral en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Comercio acompañado de sus publicaciones), o en su defecto adjuntar el documento original o testimonio notarial de la inscripción y de las publicaciones efectuadas.
- Certificados Fiscales:
- DGI: Común, vigente a la fecha de ingreso del trámite. Excepción al Decreto Nº 353/23 en proceso de adecuación correspondiente.
- BPS: Especial, expedido a la fecha de la Asamblea apto para transformación. Excepción al Decreto Nº 353/23 en proceso de adecuación correspondiente.
- BSE: Común, vigente a la fecha de ingreso del trámite. Excepción al Decreto Nº 353/23 en proceso de adecuación correspondiente.
- Se puede ingresar el trámite presentando copias de formularios de solicitud de certificado especial de BPS, así como de certificado común de DGI. El trámite quedará en suspenso hasta que se agreguen los certificados correspondientes.
- Testimonio del Acta de Asamblea que resuelve la transformación.
- Declaración Jurada Cumplimiento de Obligaciones Leyes 18.930-19.484 Cap. II. (ver en enlaces de descargas)
- Comunicado de AIN respecto a Transformación de las Sociedades Anónimas en otro Tipo Social, en caso de ser resuelta por unanimidad de Accionistas. (ver en enlaces de descargas)
Otros datos de interés
Plazo de presentación:
- 30 días calendario contados a partir del inmediato siguiente a la fecha de celebración de la Asamblea que resuelve la transformación. Ver multas.
Información de Interés:
- Se advierte a los usuarios que a partir del 02/08/04 se controlará estrictamente la denominación en número y letras de la moneda en que se expresa el capital, que debe ser en números con el signo "$" y en letras con la denominación "pesos uruguayos", tanto en estatutos, reformas, etc. Asimismo se recuerda que todos los enmendados, sobre raspados, etc.; deben ser correctamente salvados.
Costos
- 25 U.R.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona- Agendarse previamente mediante Agenda Web y para ello deberá contar con Usuario Innova Portal.
¿Cómo se hace?
En persona- Concurrir el día y hora agendado.
- Presentar nota con copia dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación, incluyendo domicilio del gestionante y correo electrónico firmada por persona autorizada en el Acta de Asamblea, siguiendo el modelo de nota que se adjunta.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Auditoría Interna de la Nación.
- Dirección: Paysandú 941 piso 2 - Reguladora de Trámites.
- Horarios de atención: Lunes a viernes.
- Reguladora de 10:00 a 16:00 horas
- Tesorería: 10:15 a 15:45 horas.
- Por consultas dirigirse a: mesadeayuda@ain.gub.uy
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